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El Gobierno que no amaba a las mujeres

Con razón el beato ministro de Interior fue el primero en anticipar la llegada al Consejo de Ministros del proyecto de reforma de ley del aborto. Supone el triunfo de la moral católica sobre el conjunto de los ciudadanos y la consideración de la mujer como un ser débil y vulnerable que no puede tomar decisiones por sí misma.

La nueva ley hace que el aborto deje de ser un derecho en España. Se convierte en una circunstancia médica en la que se aplican toda una serie de controles y obstáculos para que sea otra persona la que tome la decisión definitiva sobre el embarazo. Y no vale que sea una sola persona o alguien que trabaje en el centro sanitario en el que se realizará la operación. Se trata de evitar que la mujer reciba el visto bueno de alguien cuya función primera es la preocupación por su salud, que tiene la obligación profesional de atenderla. Ahora ella pasará a ser un caso clínico que deberá ser examinado sin que la voluntad de la mujer sea un factor relevante.

No hay nada que defina mejor esta inferioridad impuesta a la mujer que las palabras del ministro de Justicia. “En el supuesto dramático del aborto, la mujer nunca es culpable, es víctima”, ha dicho Ruiz Gallardón. Alguien cuya capacidad de decisión se ve anulada por el hecho de haber sufrido una ¿agresión? y que por tanto tiene que dejar que sean otros los que tomen las decisiones por ella. Hay que ocuparse de las víctimas porque por sí solas no podrán recuperarse y hasta podrían hacerse daño.

Gallardón también ha dicho que el nasciturus es sujeto de derechos, un enunciado que no aparece en la Constitución española (“todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes”, dice el artículo 15). En ningún lugar del texto, se dice que un nasciturus tenga los mismos derechos que una persona.

En sentencia del Tribunal Constitucional de 1995, sí hay una mención al no nacido, pero se trata de una interpretación de ese tribunal: “La vida del nasciturus, en cuanto éste encarna un valor fundamental —la vida humana—, garantizado en el artículo 15 de la Constitución, constituye un bien jurídico cuya protección encuentra en dicho precepto, fundamento constitucional”.

Lo que a mí se me escapa es cómo se puede justificar la interrupción del embarazo en caso de violación con esa interpretación en concreto. Si se llevara a sus últimas consecuencias la protección del derecho a la vida del nasciturus, no habría lugar a tal derecho. El aborto produciría la muerte del feto, mientras que la mujer violada, a pesar de haber sufrido una agresión salvaje, no podría alegar que su vida corre peligro.

Dejémoslo en que el TC de esa época quiso limitar el derecho de las mujeres extendiendo por su cuenta el concepto de vida hasta unos límites que no aparecían en la Constitución. No se atrevió a ilegalizar el aborto en atención a sus creencias morales, porque suponía que eso sólo serviría para forzar una futura reforma constitucional en el caso muy probable de que la opinión pública rechazara su veredicto. No hay que olvidar que el artículo 15 se redactó así precisamente para que en el futuro fuera posible la legalización del aborto. Otros países que no quisieron dar este paso cuentan con restricciones constitucionales que lo impiden.

La reforma aumenta de tres a siete días el periodo de tiempo en que una mujer debe tomar la decisión cuando está dentro de los supuestos legales, previa información de “alternativas” a ese paso, porque se da por hecho que una mujer no tiene raciocinio o voluntad suficientes. Se supone que la mujer ha aparecido en un centro de salud sin haber reflexionado sobre un asunto tan grave. Debe ser atendida como si fuera una enferma, aconsejada y, en definitiva, condicionada.

No es una sorpresa que esta sea la mentalidad del ministro de Justicia. Lo dejó bien claro en el Congreso cuando dijo que “la libertad de la maternidad es la que hace a las mujeres auténticamente mujeres”. Obviamente, si una mujer pretende interrumpir su embarazo, está negando su propia condición, perdiendo así un elemento fundamental de su identidad. En el universo moral de Gallardón, esa mujer es sospechosa.

Ante esta reforma, sólo caben dos posturas decentes. En primer lugar, ayudar a cualquier mujer que se vea obligada a ignorar la ley en una situación límite. Y después, tenerlo en cuenta en las próximas elecciones. Este tipo de leyes pueden aprobarse porque un partido gana unas elecciones. No es tan difícil de entender. Las urnas importan.