Canarias, con 1.144 millones, encabeza el fondo de ayudas directas del Estado

La ministra portavoz y ministra de Hacienda, María Jesús Montero (i), y la vicepresidenta tercera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, comparecen en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros

Europa Press

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Canarias es la comunidad autónoma más beneficiada por el fondo estatal de ayudas directas de 7.000 millones con un total de 1.144,3 millones, seguida de cerca por Andalucía, con 1.109,2 millones, y Cataluña, con 993,2 millones, lo que supone que estas tres autonomías recibirán el 46,38% de estas ayudas.

Así se ha publicado este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) a través de una orden ministerial que explica los criterios de este reparto y detalla que se ha hecho a través de un primer compartimento, dotado de 5.000 millones de euros, en el que se encuentran todas las autonomías salvo Canarias y Baleares, y un segundo compartimento, con 2.000 millones, en el que se encuentran los archipiélagos.

De este modo, Canarias, Andalucía y Cataluña son las principales receptoras, seguidas por Baleares (855,74 millones de euros); Comunidad de Madrid (679,29 millones); Comunidad Valenciana (647,081 millones); Galicia (234,47 millones); Castilla y León (233,56 millones); País Vasco (217,99 millones); Castilla-La Mancha (206,34 millones); Murcia (142.52 millones) Aragón (141,34 millones); Asturias (107,76 millones); Extremadura (106,46 millones); Navarra (67,62 millones); Cantabria (55,36 millones); La Rioja (32,51 millones); Ceuta (13,85 millones) y Melilla (12,271 millones).

Las ayudas destinadas a la Comunidad de Madrid han suscitado varias polémicas en estos días después de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, asegurara en la presentación de campaña del candidato socialista, Ángel Gabilondo, para las elecciones del 4 de mayo que con el adelanto electoral la región madrileña dejaría de recibir estos 600 millones de euros, algo que la presidenta de la Comunidad, Isabel Díaz Ayuso, desmintió y criticó la intervención del jefe del Ejecutivo.

Criterios de reparto

Con todo, el ministerio de Hacienda ha explicado los criterios de reparto que se han dado para ambos compartimentos y defiende que son los mismos indicadores y con la misma ponderación que tienen en la asignación del fondo REACT EU.

Así, para el primer compartimento se específica que dos terceras partes de su importe se distribuyen según el peso relativo del indicador de renta de cada Comunidad Autónoma y Ciudad, que mide la caída del PIB en 2020 moderado en función de la prosperidad relativa de cada una de ellas.

El indicador de renta de cada autonomía es la cifra resultante de dividir el peso relativo de cada entidad territorial en la caída del PIB de 2020 en relación con 2019 entre su respectiva prosperidad relativa, medida a través de su renta per cápita respecto de la renta per cápita nacional.

Dos novenas partes del importe se distribuyen según el indicador de empleo, que considera la media ponderada entre el peso de la autonomía en el total de parados registrados en enero de 2020 y su contribución al incremento del paro registrado nacional desde el 31 de enero y hasta final de ese ejercicio.

Una novena parte de su importe se distribuye conforme al indicador de desempleo juvenil (16-25 años) que, análogamente al criterio anterior, considera la media ponderada entre el peso de la autonomía en el total de jóvenes parados registrados en enero de 2020 y su aportación al incremento del paro juvenil registrado a lo largo del año pasado en todo el país.

En cuanto al segundo compartimento de 2.000 millones de euros, su reparto se realizará de forma proporcional a su peso relativo en la caída en 2020 de los afiliados a la Seguridad Social en términos netos. Este indicador se medirá con la reducción del número medio anual de afiliados en alta entre 2019 y 2020, descontando el efecto del número de trabajadores en ERTE medios en 2020.

El Ministerio de Hacienda efectuará la transferencia de estos recursos a las autonomías en los diez días siguientes en que adquiera eficacia el convenio que se celebre con cada uno de estos territorios. Aunque los entes territoriales también podrán solicitar que la liberación de estos fondos pueda realizarse con posterioridad.

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