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Sindicatos y empresarios firman el convenio colectivo de hostelería de Las Palmas con una subida salarial del 10,25% hasta 2025

El Convenio Colectivo Sectorial de Hostelería confiere seguridad jurídica al contrato fijo- discontinuo

Canarias Ahora

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La firma del Convenio Colectivo Sectorial de Hostelería en la provincia de Las Palmas, suscrito hoy por sindicatos y empresarios del sector turístico en presencia del presidente del Gobierno de Canarias, consolida el pacto de rentas hasta el año 2026 y afectará a más de 70.000 trabajadores del sector servicios solo en la provincia.

La firma del Convenio Sectorial de Hostelería se produjo este viernes en Las Palmas de Gran Canaria, y estuvo a cargo, por parte de la representación sindical, de Borja Suárez, secretario general de Servicios de Comisiones Obreras (CCOO) en Canarias, y de Francisco González, secretario sectorial de Hostelería y Turismo de la Unión General de Trabajadores (UGT) en las Islas. Por parte de las asociaciones de empresarios, firmaron el Convenio Sectorial a escala provincial José María Mañaricúa, presidente de la Federación de Empresarios de Hostelería y Turismo de Las Palmas (FEHT); Susana Pérez, presidenta de la Asociación Insular de Empresarios de Hoteles y Apartamentos de Lanzarote (Asolan); Mario de la Cruz, gerente de la Asociación de Empresarios Turísticos de Fuerteventura (Asofuer), y Bárbara Cabrera, presidenta de la Federación Canaria de Ocio (Fecao).

De la mesa de la firma formaron parte, asimismo, el presidente del Gobierno de Canarias, Ángel Víctor Torres; el viceconsejero de Empleo del Ejecutivo, Gustavo Santana, y el director general de Trabajo, Alejandro Ramos.

¿Qué medidas recoge este Convenio?

El Convenio Colectivo Sectorial de Hostelería tiene una vigencia de seis años, desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2025, y recoge un incremento salarial por ese tiempo del 10,25%, contados a partir de 2022 y desglosados de la siguiente forma: 3% en 2022; 2,5% en 2023; 2,5% en 2024 y 2,25% en 2025.

Además, el Convenio confiere seguridad jurídica al contrato fijo- discontinuo, entendiendo por el mismo al derivado de la realización de trabajos que, siendo de prestación intermitente, tengan periodos de ejecución ciertos, sean estos determinados o indeterminados. En el mismo, se garantiza un periodo mínimo de nueve meses en el año natural, con cinco periodos máximos de inactividad y la creación de una bolsa de empleo específica para los trabajadores fijos discontinuos durante su periodo inactivo.

 Por otro lado, en el ámbito de la restauración, se promueve un pacto que implica una reubicación salarial a las empresas del sector, caso de bares, cafeterías y restaurantes, en consonancia con su actual situación.

Además, y entre otros acuerdos, el Convenio recoge un complemento en las prestaciones a los trabajadores del sector en los casos de incapacidad laboral transitoria por enfermedad oncológica, como se viene haciendo con las enfermedades profesionales.

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