El juez archiva el caso de los Centros de Turismo de Lanzarote al no apreciar indicios de delito

Juzgados de Lanzarote.

EFE

Arrecife (Lanzarote) —

El Juzgado número 3 de Arrecife ha archivado el caso de los Centros de Arte, Cultura y Turismo de Lanzarote (CACT), al no apreciar indicio alguno que permita sostener los delitos que los querellantes atribuían, entre otros, al exresponsable del área en el Cabildo Carlos Espino (PSOE).

Esta causa penal se puso en marcha en 2010, cuando la entonces consejera del Cabildo de Lanzarote al cargo de los CACT y presidenta insular del PP, Astrid Pérez, decidió llegar a los tribunales la gestión de su antecesor en el cargo, Carlos Espino, que en aquel momento era el secretario general del PSOE en la isla.

En abril del año pasado, el juez que entonces estaba al frente de la investigación, Rafael Lis, determinó que existían “poderosos elementos indiciarios” que apuntaban a que Espino y el resto de querellados en la causa podían haber cometido delitos de prevaricación, falsedad o malversación de fondos públicos.

Y, como consecuencia de ello, exigió a Carlos Espino una fianza de 1,5 millones para cubrir sus posibles responsabilidades civiles.

Año y medio después, el Juzgado de Instrucción número 3 de Lanzarote no aprecia indicio alguno de delito en los causa que heredó del magistrado Rafael Lis, cuya tramitación critica abiertamente en varios pasajes del auto de archivo.

El instructor José Luis Ruiz Martínez califica de “insólito y soprendente el desfase” que se ha producido en la tramitación de esta causa penal, tilda de “esperpéntico y fuera de lo usual” el trato dado a alguno de los imputados en este tiempo y reprocha a los querellantes haber pretendido llevar adelante una suerte de “inquisición general”, basada en afirmaciones “peregrinas”.

El magistrado critica “la injustificada ralentización” que ha sufrido este procedimiento penal y la “indolencia” que observa en “la resolución de los numerosos recursos de reforma” que presentaron las diferentes defensas para pedir su nulidad.

También critica que se permitiese a la asociación de juristas admitida como acusación popular, la Jiménez de Asúa, “campar por sus anchas por el procedimiento” y tilda de “insólito, sino temerario”, el auto por el cual el juez Lis solicitó fianzas “millonarias” a algunos de los querellados en abril de 2018 (en una decisión luego dejada sin efecto por la juez que lo sustituyó en el cargo).

El instructor aprecia en los hechos que se atribuyen a los querellados un relato “profuso, confuso y difuso”, pero no pruebas o indicios de que prevaricaran, malversaran fondos públicos o recibieran sobornos a cambio de determinadas contrataciones.

Por ello, falla que procede decretar el sobreseimiento provisional y archivo de todo lo instruido en este caso con respecto a “todas las personas que en el momento histórico presente detentan la condición de investigados”.

Carlos Espino, el principal investigado en estos hechos ahora archivados, fue el denunciante inicial de la trama que ha dado lugar al mayor procedimiento por corrupción instruido y juzgado hasta la fecha en Lanzarote, el llamado caso Unión.

Además de la asociación Jiménez de Asúa, se habían personado en este caso contra él el grupo de Coalición Canaria en el Cabildo de Lanzarote, como acción popular, y el presidente durante las pasadas dos legislaturas de la corporación insular, el nacionalista Pedro San Ginés, como denunciante.

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