La Cotmac aprueba con condiciones el Parque Eólico Garafía II con 4 molinos de 77 metros de altura

La Palma Ahora

Villa de Garafía —

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac) ha aprobado este martes, 31 de marzo, con condicionantes y sólo a efectos ambientales, el proyecto denominado ‘Parque Eólico Garafía II de 3,6 MW’, promovido por Eólica del Sureste SLU, en el término municipal de la Villa norteña. Los miembros de la Cotmac, en concreto, con condicionantes, dieron luz verde a la propuesta de la Viceconsejería de Medio Ambiente relativa a la Evaluación de Impacto Ambiental del citado proyecto.

Este proyecto, según la Consejería de Obras Públicas, Transporte y Política Territorial del Gobierno autónomo, propone “la instalación de cuatro aerogeneradores tripala Enercon E-44 de 0,9 MW de potencia unitaria, dispuestos en una única alineación, en el lugar conocido como Lomo Salvatierra, a unos 600 metros del núcleo urbano de Santo Domingo y entre los 353 y 405 metros sobre el nivel del mar, en el municipio de Garafía”.

Las dimensiones de cada aerogenerador “será de 44 metros de diámetro de palas y una altura de buje de 55 metros, lo que dará una altura total de 77 metros. La potencia total a instalar será de 3,6 MW”.

La obra civil para la construcción de este parque eólico precisará de cimentación de los aerogeneradores, plataformas de montaje, centro de salida, apertura de zanjas para el cableado eléctrico de media tensión (20 Kv) entre aerogeneradores, accesos y caminos de servicio interiores nuevos que permitan llegar hasta las máquinas, acondicionamiento viario desde el núcleo poblacional de Santo Domingo hasta la ubicación del parque eólico y un mástil meteorológico.

Entre los condicionantes establecidos por la Cotmac destaca que “se deberá comprobar los niveles de emisión sonora estimados en el estudio de ruidos para las viviendas aisladas, a dos metros de las fachadas y en cualquiera de sus alturas, durante la etapa de verificación del Programa de Vigilancia Ambiental, con el objeto de que se confirme la afección cero a la población, tanto en periodos diurnos como nocturnos por los cambios locales en el régimen de brisas costeras”.

También, entre otras cuestiones, “se deberá estudiar y valorar las intensidades medias diarias (IMD) de las carreteras internas próximas a los aerogeneradores, que comunican los distintos barrios del municipio, en correlación con los datos obtenidos en el Estudio de Impacto Ambiental y en su documentación adicional sobre el efecto parpadeo o discoteca, a los efectos de descartar molestias significativas para los usuarios de estas vías”.

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