Una sentencia condena al Ayuntamiento de Guía de Isora por vulneración de Derechos Fundamentales
SANTA CRUZ DE TENERIFE, 22 (EUROPA PRESS)
El Ayuntamiento de Guía de Isora, el concejal de Personal durante el pasado mandato, Secundino Yanes (PSOE), y la supervisora de la Escuela Infantil Municipal Guía de Isora, María José Domínguez Ramos, han sido condenados por vulneración de Derechos Fundamentales y acoso laboral a la directora del centro, Joana Márquez, que recibirá una indemnización de 21.205,44 euros en concepto de daños y perjuicios.
La sentencia del Juzgado de lo Social Número 7 de Santa Cruz de Tenerife, fechada el 2 de noviembre y a la que ha tenido acceso Europa Press, reconoce la vulneración de la dignidad laboral y la integridad física y moral de la demandante, y exige el “cese inmediato” de la conducta “radical” de los representantes de la administración municipal. Contra esta sentencia cabe interponer recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).
El juicio se celebró el pasado 11 de abril, pero los hechos se remontan al 31 de julio de 2008 cuando Joana Márquez fue despedida de manera improcedente por parte del Ayuntamiento tinerfeño, despido declarado nulo el 18 de febrero de 2009 por el Juzgado de lo Social Número 4 de Santa Cruz de Tenerife.
Según la sentencia de la magistrada Emilia Salto Menéndez, cuando la directora del centro se reincorpora a su trabajo, su plaza ha sido cubierta por una supervisora que, además, ocupa su oficina, por lo que la directora, relegada a funciones puramente pedagógicas, sufre el trato “vejatorio” de ser trasladada a un local donde se coloca el material escolar y que no tiene puerta ni ordenador personal. “La situación de humillación y falta de respeto fue constante salvo el periodo en que la actora permaneció en situación de incapacidad temporal [por episodios de ansiedad]”, relata la magistrada.
CLIMA DE “HOSTIGAMIENTO”
Según la sentencia, el caso no era “puntual” ni era “conflictividad laboral” como sostenía el Ayuntamiento, sino que se trató de un “clima de hostigamiento sostenido en el tiempo” en el que también participaron tres trabajadoras del centro, una de ellas por orden de la supervisora, “mofándose y minando su autoridad mediante burlas y risitas”. Incluso, la directora del centro fue desacreditada públicamente por la supervisora al remitir una carta a los padres de los alumnos donde explicaba que el cierre por un día del centro estaba motivado “por haber demandado al Ayuntamiento”.
La conducta vejatoria se inició antes de la reincorporación de la directora al centro de trabajo, pues en una reunión con la supervisora y las trabajadoras, Yanes manifestó que la “intención” era que “no trabajase más en la administración pública”, reza la sentencia. La magistrada, además, absuelve a la por entonces concejal de Infancia, Raquel Gutiérrez García, al no detectar vinculación directa con los hechos más allá de ser la destinataria de quejas y escritos.