Bravo pierde a sus dos consejeros no electos

Los consejeros no electos de Economía y Hacienda y de Cultura del Cabildo de Gran Canaria, Máximo Bautista y Larry Álvarez, junto al director de gobierno de Presidencia y Seguridad del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, Claudio Alberto Rivero, son los principales políticos canarios afectados por la decisión del pleno del Tribunal Constitucional de declarar nulos los nombramientos de concejales no electos [consejeros en los cabildos] con las mismas potestades que los cargos elegidos por los ciudadanos en las urnas.

Estos tres altos cargos del PP, entre ellos quien sustituyó a la defenestrada Rosa Rodríguez al frente de la política económica del Cabildo y la mano derecha del alcalde de LPGC y hombre fuerte en las relaciones laborales internas del Ayuntamiento, no podrán seguir ejerciendo sus funciones en las juntas de gobierno locales, ni participar en los plenos ni las comisiones de plenos, y sus competencias deberán ser asumidas por consejeros o concejales que salieron directamente elegidos de las listas electorales de sus partidos.

En la misma situación se encuentra la otra ciudad grancanaria con directores de gobierno, Telde. En este caso, el tripartito formado por PP, Ciuca y CC agotó todo el cupo y nombró a tres directores de gobierno, uno por cada partido: Efraín Gómez (CC) en Cultura, Minerva Santana (Ciuca) para Asuntos Sociales y Darío López (PP), al frente de Economía y Hacienda.

En Tenerife, tanto el Cabildo como el Ayuntamiento de Santa Cruz evitan el problema al no haber nombrado consejeros no electos o directores de gobierno fuera de sus listas -aunque sí tienen bastantes directores generales no afectados por la sentencia-, no así en La Laguna, donde deberá cesar en sus funciones el concejal no electo de Fiestas, Jonathan Domínguez, de Coalición Canaria.

Diversos cargos públicos consultados la noche de este lunes por CANARIAS AHORA han explicado que una salida por la que pueden optar los gobiernos locales afectados es el nombramientos de estos concejales no electos como directores generales o insulares. Sin embargo, para ello deberán cumplir con el requisito de ser funcionarios de la administración pública de nivel A, circunstancia que no cumplen todos los afectados.

Un director general, aún así, no tiene las mismas prerrogativas que un director de gobierno o un consejero no electo, ya que aparte de no poder intervenir en los plenos ni en las comisiones, sus funciones quedan formalmente bajo el mandato de un concejal de superior jerarquía.

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