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La Junta Electoral rechaza los recursos de Gobierno y capital grancanaria

Con orgullo

A juicio de la Junta Electoral Central, el anuncio del Ayuntamiento capitalino no puede considerarse imprescindible para el interés público e “implícitamente” puede suponer una información de logros del consistorio realizados durante el mandato que culmina, lo que está prohibido. El mismo argumento fue utilizado por la JEC para desestimar el recurso del Servicio Canario de Empleo en contra de la suspensión de una campaña institucional relativa a oferta de formación y mejora de las políticas de empleo.

Por el contrario, el órgano decidió permitir el desarrollo de siete campañas de publicidad institucional de la Generalitat valenciana, suspendidas por la Junta Electoral de aquella Comunidad, al entender que se trata de anuncios “imprescindibles” para el interés público. Según informó este martes la JEC, con esta decisión se estima un recurso interpuesto por la Generalitat contra el acuerdo de la Junta Electoral de la Comunidad Valenciana de suspender esas campañas publicitarias, habida cuenta de que, vistos los anuncios, estos resultan “imprescindibles para la salvaguarda del interés público o el correcto desenvolvimiento de los servicios públicos”.

Desde la Junta añadieron que las campañas de publicidad no vulneran los principios de objetividad, transparencia e igualdad del proceso electoral. El pasado 17 de abril, la Junta Electoral de la Comunidad Valenciana (JECV) acordó la “suspensión inmediata” de siete campañas de publicidad institucional que la Generalidad difundía a través de Televisión Valenciana, tras una queja presentada por el PSOE.

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