La portada de mañana
Acceder
La guerra entre PSOE y PP bloquea el acuerdo entre el Gobierno y las comunidades
Un año en derrocar a Al Asad: el líder del asalto militar sirio detalla la operación
Opinión - Un tercio de los españoles no entienden lo que leen. Por Rosa María Artal

Prohiben la “mendicidad molesta” en San Bartolomé

El Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana someterá a pleno, el próximo 22 de abril, la aprobación de la Ordenanza Municipal sobre la promoción de conductas cívicas y de protección de los espacios públicos del municipio que entre otras cosas, prohíbe “la mendicidad molesta”, el ejercicio de la prostitución en espacios de uso público y otros actos considerados “incívicos” por la administración que dirige Marco Aurelio Pérez.

La ordenanza, que, según el consistorio sureño, busca la “promoción de conductas cívicas y de protección de los espacios públicos”, prevé sanciones de carácter económico que van desde los 120 a los 3.000 euros según la falta.

“La nueva Ordenanza está encaminada a superar los comportamientos incívicos, insolidarios e irrespetuosos minoritarios, que dañan bienes y espacios patrimoniales del municipio y que, además, suponen un ataque a la convivencia pacífica y tolerante de la mayoría de los vecinos”.

En este sentido, la nueva reglamentación municipal, prevé la sanción a personas que practiquen la “mendicidad molesta”. Según indica el consistorio, mediante una nota de prensa remitida a los medios, se multará a los individuos que practiquen “una mendicidad insistente, intrusiva, agresiva o incluso organizada”.

La reglamentación también alude al uso de niños “como reclamo” o “la prestación de servicios que no se solicitan, como la limpieza de parabrisas o los aparcacoches”.

Prostitución

Otro punto importante de esta nueva ordenanza municipal es la prohibición del ejercicio de la prostitución en espacios públicos, una medida que pretende “preservar a los menores de la exhibición del ofrecimiento o solicitud de servicios sexuales en la calle y prevenir la explotación de determinados colectivos sociales”.

“En se sentido se prohíbe en los espacios públicos ofrecer, solicitar, negociar o aceptar directa o indirectamente servicios sexuales retribuidos, y el mantenimiento de relaciones sexuales retribuidas. Las sanciones en estos casos irán de los 750 a los 3.000 euros”.

La ordenanza también incluye la sanción de otros “actos incívicos” como el “uso sin permiso de hogueras, petardos, cohetes u otros artículos pirotécnicos”; hacer “necesidades fisiológicas en espacios públicos”; organizar botellones y el comercio ambulante., entre otros “comportamientos impropios”.

En este sentido, la nueva norma prevé hasta 500 euros de sanción por “la prestación de servicios de echado de cartas de tarot, videncia, masajes, tatuajes, manteleros o estatuas vivientes en los espacios públicos”.

Etiquetas
stats