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TS rechaza medidas cautelares para prospecciones petrolíferas al considerarlo un factor económico para España

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 5 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo (TS) ha rechazo este martes las medidas cautelares solicitadas por el Gobierno de Canarias sobre las prospecciones petrolíferas al considerarlas un factor económico para España.

Así, el TS ha dictado que no da lugar a adoptar la suspensión del Real Decreto 547/2012, de 16 de marzo, por el que se convalida el Real Decreto 1462/2001, de 21 de diciembre, y por el que se otorgan los permisos de investigación de hidrocarburos denominados 'Canarias-1', 'Canarias-2', 'Canarias-3', 'Canarias-4', 'Canarias-5', 'Canarias-6', 'Canarias-7', 'Canarias-8' y 'Canarias-9', según dicta el auto de medidas cautelares.

De esta forma, se rechaza las medidas cautelares porque tras la valoración de los intereses públicos y privados concurrentes, aducidos tanto por el Gobierno de Canarias como por el Abogado del Estado, no determina la procedencia de adoptar la medida de suspensión del Real Decreto 547/2012, de 16 de marzo.

Y en este sentido resalta que aunque considera “incuestionable” el valor ecológico de las Islas Canarias y la “relevancia” del sector turístico, pesquero y portuario para su desarrollo, sin embargo, incide en que la producción y explotación de hidrocarburos representa un factor económico “de especial significación” para definir la riqueza de un país que “requiere promover la investigación de yacimientos de esta clase de recursos en áreas concretas, como advierte la Exposición de Motivos de la meritada Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos”.

Asimismo, se indica que de las medidas de protección medioambiental exigidas por el Real Decreto 547/2012, de 16 de marzo impugnado, para ejecutar la investigación y la obligación de respetar las prescripciones medioambientales establecidas en el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, “permiten, a primera vista, descartar” que de la no adopción de la medida cautelar “se siga perturbación grave” de los valores e intereses medioambientales aducidos por el Gobierno de Canarias y que son “compartidos por la Administración del Estado” al considerar que existe una “protección equilibrada” de los intereses generales comunitarios y nacionales vinculados al desarrollo sostenible de las Islas Canarias y al fomento de la actividad económica.

Este el segundo auto que el Supremo dicta después de que ayer lunes también desestimara el recurso presentado por el Gobierno de Canarias y el Cabildo de Lanzarote contra el acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprobaron las prospecciones petrolíferas en aguas cercanas a Lanzarote y Fuerteventura.

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