El viceconsejero de Servicios Jurídicos nombrado por CC allanó en tres días el camino al proyecto Cuna del Alma

Toma de posesión de Jorge Riestra Sierra, a la izquierda de la imagen, como viceconsejero de Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias, nombrado por Coalición Canaria. En el centro de la instantánea figura el presidente autonómico, Fernando Clavijo (CC)

Toni Ferrera

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El viceconsejero de Servicios Jurídicos del Gobierno canario, Jorge Riestra Sierra, un magistrado con más de 30 años de experiencia nombrado por Coalición Canaria (CC), firmó el día 9 de enero un informe que concluye que el Cabildo de Tenerife es la administración competente para autorizar la traslocación de la viborina triste, la planta protegida hallada en la unidad de actuación del proyecto turístico de Cuna del Alma, en el Puertito de Adeje; y rubricó dos días más tarde, el 11 de ese mismo mes, el escrito en el que se apoyó la Agencia Canaria de Protección del Medio Natural (ACPMN) para archivar el expediente contra la promotora de la iniciativa.

Ambos documentos no son vinculantes, es decir, la ACPMN podría haber decidido no dar carpetazo al procedimiento y el Ejecutivo regional, conformado por CC y Partido Popular (PP), podría no haberse declarado incompetente, como así ha hecho, para resolver sobre la traslocación de la viborina triste. Pero a pesar de su carácter únicamente preceptivo, los dos informes son claves para entender el archivo de uno de los expedientes abiertos (el inicio de las actuaciones sin evaluación de impacto ambiental) y, posiblemente, la resolución de otro (la “amenaza inminente” que suponen las obras para la flora protegida).

Sierra hace, por un lado, un cuestionamiento de las medidas tomadas por el anterior Gobierno regional, el del Pacto de las Flores, al asegurar que el pacto encabezado por el PSOE no era el competente para paralizar las obras de proyecto por la falta de informe ambiental, sino que esa decisión correspondía al Ayuntamiento de Adeje. Y, por otro, rebaja el grado de intervención de la administración autonómica, que había llegado a prohibir el traslado de la viborina triste en la zona (también con Ángel Víctor Torres al frente y José Antonio Valbuena como consejero de Transición Ecológica) y declara al Cabildo de Tenerife como institución competente para autorizar o no dicho proceder.

Este punto es de especial relevancia porque el último escollo para reactivar las obras de Cuna del Alma, con dos de los tres expedientes abiertos en dique seco, es qué hacer con la viborina. El Consistorio de Adeje ideó la fórmula de declarar el proyecto de interés público de primer orden utilizando la crisis de vivienda en el sur de Tenerife como pretexto para así justificar el “tratamiento” sobre la especie. Pero cualquier actuación por el estilo requiere de previa autorización de la Administración General del Estado (AGE) o de la Comunidad Autónoma. Sierra razona en un texto de poco más de 20 páginas que finalmente son los cabildos insulares los encargados de emitir ese permiso.

El magistrado llega a esa conclusión tras analizar una solicitud presentada en abril de 2023 por la Junta de Compensación de la urbanización Costa San Juan, en Guía de Isora, donde está previsto incorporar 1.602 plazas hoteleras en una pieza de suelo de 267.130 metros cuadrados (m2) y, al igual que ocurre en el Puertito de Adeje, la viborina ha sido detectada. De acuerdo con los datos manejados por los promotores, las obras afectarían a 662 ejemplares pertenecientes a ocho núcleos poblaciones de los 24 que proyecta el plan. Ellos han pedido como medida compensatoria a la eliminación de los individuos la colecta de semillas y conservación de las mismas en un banco de germoplasma hasta su posterior dispersión y germinación. Descartan los trasplantes debido a “las propias características biológicas de la especie”.

Pues bien, esa primera petición, después de una pequeña subsanación de errores, fue desestimada en septiembre del año pasado por la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad del Gobierno canario, en estos momentos dirigida por Miguel Ángel Morcuende (PP), el hombre que lideró desde La Palma la respuesta a la emergencia volcánica de 2021. Sin embargo, a raíz de un recurso de alzada de la Junta de Compensación de la iniciativa, es emitida a la Viceconsejería de Servicios Jurídicos del Gobierno canario una propuesta de informe para determinar cuál es la administración competente para autorizar la traslocación de semillas de la viborina. Sierra destaca que se trata de un asunto “novedoso”, sobre el que “no consta” que haya sido estudiado anteriormente y que, por tanto, hay una “laguna legal” en este sentido.

El análisis del magistrado recuerda que la planta en cuestión está incluida en el Catálogo Canario de Especies Protegidas, creado en el año 2010. Y que la misma, según la normativa 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, no puede ser “recogida, cortada, mutilada, arrancada o destruida intencionalmente en la naturaleza”. Esto tiene sus propias excepciones. En caso de darse una serie de circunstancias, como las declaradas por “razones imperiosas de interés público de primer orden”, los vetos mencionados quedan sin efecto “si no hubiere otra solución satisfactoria, sin que ello suponga perjudicar el mantenimiento [de las especies que se trate] en un estado de conservación favorable” y, muy importante, “previa autorización administrativa de la comunidad autónoma o de la Administración General del Estado”. He aquí el principal meollo.

Sierra considera que, para resolver este punto, de primeras, las entidades locales son las competentes para declarar de interés público las actuaciones proyectadas. Eso está bastante claro y es lo que ha hecho, por ejemplo, el Ayuntamiento de Adeje con Cuna del Alma y 15 urbanizaciones municipales más. A partir de aquí, resolver cuál es la administración que autoriza, es decir, la que aprueba la declaración y, por consiguiente, levanta las prohibiciones sobre especies como la viborina, es una discusión más compleja.

El magistrado señala que al Estado no le toca. Y no le corresponde porque el régimen de protección de las especies incluidas en el Catálogo Canario de Especies Protegidas “nace de una ley autonómica, no de la estatal”. El camino apunta, entonces, a Canarias, al Gobierno autonómico, pero Sierra rescata el decreto 151/2001, por el que se crea el Catálogo de Especies Amenazadas del Archipiélago, y determina que las autorizaciones de esta índole serán otorgadas por los cabildos insulares. El porqué de ello se explica, en plata, por una falta de regulación hasta la fecha.

El Catálogo de Especies Amenazadas de Canarias fue aprobado hace más de 20 años y quedó derogado cuando se creó el Catálogo Canario de Especies Protegidas, casi una década más tarde. No obstante, el primero de los listados quedó “parcialmente en vigor” hasta que el Ejecutivo no especificara, teniendo ya el segundo rubricado, “las condiciones y procedimientos de autorización administrativa de colecta científica de las especies catalogadas”. Como eso no se ha hecho (Sierra especifica al principio del escrito que es un tema “novedoso”, sobre el que hay una “laguna legal”), son las corporaciones insulares quienes autorizan.

En el caso concreto de la urbanización Costa San Juan, en Guía de Isora, es el Cabildo de Tenerife. Sierra añade la aprobación de dos decretos más en 2002, de traspaso de funciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a las corporaciones insulares en materia de servicios forestales, vías pecuarias y pastos, protección del medio ambiente y gestión y conservación de espacios naturales protegidos, para reforzar esta tesis.

El viceconsejero, por otro lado, rechaza el método que utilizó la Dirección General de Espacios Naturales para rechazar en primera instancia la solicitud de la Junta de Compensación. El órgano dirigido por Morcuende se apoyó en un reglamento firmado por el Gobierno autonómico anterior que delegaba en la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente el uso de especies terrestres de “protección especial”, entre otras cosas, “cuando la actividad se desarrolle en varias islas o se estime su interés regional”.

Sierra aclara que un reglamento orgánico “no atribuye competencias”. Pero, en cualquier caso, matiza que dicho texto habla de actuaciones a desarrollar “en varias islas o tenga interés regional”. Y el caso que discute el magistrado, el de Guía de Isora, es una urbanización en Tenerife que “cuenta con evaluación de impacto ambiental” y “no afecta” al resto del Archipiélago.

La conclusión del magistrado ha empujado al Gobierno de Canaria a dejar en manos del Cabildo tinerfeño la traslocación o no de la viborina de Cuna del Alma. La promotora de la urbanización, en un recurso presentado a finales de 2022, mencionó precisamente que es la Corporación insular la que debe dirimir esta cuestión. La institución, por su parte, se ha limitado hasta el momento a asegurar que apoyará “todo lo que sea inversión que mejore las perspectivas económicas y de empleo de la isla que guarde, por supuesto, todos los requisitos legales y, entre ellos, los ambientales”, dijo el vicepresidente, Lope Afonso (PP).

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