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El Gobierno canario recuerda que hay que respetar el horario de baño a los mayores

Playa de Las Canteras durante el estado de alarma, en Las Palmas de Gran Canaria

Efe

Las Palmas de Gran Canaria —

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El Gobierno de Canarias ha enviado unas recomendaciones a los ayuntamientos sobre el uso de las playas en la fase dos de desescalada, a partir del lunes, en las que recuerda la necesidad de respetar la franja horaria reservada para las personas mayores de 70 años. Esta franja horaria de baño es de 10:00 a 12:00 horas y de 19:00 a 20:00 horas, señala el Gobierno.

Sólo se permitirá la apertura de zona de duchas e instalaciones habilitadas para personas de movilidad reducida en los municipios que cuenten con medios para su desinfección diaria y siempre que se garantice la distancia de seguridad permitida.

Las recomendaciones han sido fijadas por la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias, en colaboración con la Dirección General de Salud Pública del Ejecutivo regional, si bien cada ayuntamiento es competente para establecer sus normas específicas.

El ejecutivo recuerda que en todo momento debe garantizarse una distancia mínima de seguridad de al menos dos metros entre los usuarios de la playa o zona de baño, o en su defecto es obligatorio el uso de la mascarilla. Se recomienda el izado permanente de bandera amarilla en todas las playas y zonas marítimas de baño y la actualización de mensajes de megafonía e instalación de carteles para recordar todas las medidas a tener en cuenta en cada fase.

Recuerda que no se podrá ampliar la zona autorizada para servicios de temporada, pues debe darse prioridad a la mejora del aforo de la playa, y no se podrá hacer uso de fuentes de agua potable. Están prohibidos los campus de verano y eventos, salvo los deportivos expresamente autorizados por los municipios.

Todas las actividades organizadas y permitidas, incluyendo las de las escuelas de surf, se regirán por las ordenanzas municipales, las cuales deberán establecer un número máximo de alumnos. El resto de las actividades deportivas, profesionales o de recreo, deberán desarrollarse de manera individual o manteniendo la distancia mínima de dos metros entre participantes y evitando el contacto físico.

En el caso específico de las hamacas y sombrillas, se deberá prever la reducción de camas en el área autorizada para tal fin, conforme a los horarios aplicables según la normativa municipal, debiendo existir una zona de hamacas individuales separadas unas de otras por dos metros en todos los extremos. Los grupos de dos hamacas, designados para parejas o familiares que convivan en el mismo hogar, deberán estar separadas por la mesilla y garantizar una distancia de 50 centímetros entre mesilla y cama, y a dos metros, como mínimo, del siguiente grupo o hamaca individual. Una vez retirado el material, se procederá a la desinfección del mismo.

Los trabajadores implicados en estos servicios de playa deberán mantener, entre sí, la distancia física recomendada, además de cumplir con las indicaciones de llevar uniforme y mascarilla durante el desarrollo de estas labores.

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