Aprobado el calendario laboral para 2017 con catorce días festivos

Europa Press

Las Palmas de Gran Canaria —

El Consejo de Gobierno de Canarias ha aprobado en su sesión de este lunes la relación de los días festivos para el año 2017 en el Archipiélago, en las que se respetan las fiestas de ámbito nacional de Año Nuevo, 1 de mayo, 12 de octubre, y 25 de diciembre, además de las dos fiestas de ámbito local en cada municipio.

Así, durante el año 2017 serán días inhábiles a efectos laborales en la Comunidad Autónoma, de carácter retribuido y no recuperable, todos los domingos del año y, asimismo, los siguientes días festivos: 6 de enero, Epifanía del Señor; 13 de abril, Jueves Santo; 14 de abril, Viernes Santo; 1 de mayo, Día del Trabajo; 30 de mayo, Festividad del Día de Canarias; 15 de Agosto, Asunción de la Virgen; 12 de octubre, Fiesta Nacional de España; 1 de noviembre, Todos los Santos; 6 de diciembre, Día de la Constitución; 8 de diciembre, Inmaculada Concepción, y 25 de diciembre, Natividad del Señor.

Además, en lugar de pasar al lunes la festividad de Año Nuevo, que coincide en el calendario de 2017 en domingo, se empleará el 30 de mayo, Festividad del Día de Canarias, ya que el Estatuto de los Trabajadores permite que las Comunidades Autónomas sustituyan las festividades que se trasladan a lunes por otras “que por tradición les sean propias”. Asimismo, las fiestas insulares se sustituirán por la fiesta correspondiente a Santiago Apóstol (25 de julio).

Para el ámbito insular también se considerarán festivos el 1 de julio en El Hierro (Bajada de la Virgen de Nuestra Señora de los Reyes); el 15 de septiembre en Fuerteventura (Nuestra Señora de la Peña); el 8 de septiembre en Gran Canaria (Nuestra Señora del Pino); el 9 de octubre en La Gomera (Nuestra Señora de Guadalupe); el 15 de septiembre en Lanzarote (Nuestra Señora de los Dolores); el 5 de agosto en La Palma (Nuestra Señora de las Nieves) y el 2 de febrero en Tenerife (Virgen de Candelaria).

Cada municipio contará también con hasta dos días para sus festividades locales, que serán solicitadas por cada ayuntamiento a la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Canarias, en el plazo de un mes a partir de la publicación del decreto.

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