Condenado a 16 años de cárcel por maltratar e intentar matar a expareja
La Audiencia de Las Palmas ha sentenciado a 16 años y seis meses de prisión al hombre acusado de intentar asesinar a su expareja, después de salir de prisión por una condena por daños y amenazas, y al que el fiscal describió como un “verdadero tirano familiar”.
Según la sentencia, que ha sido hecha pública hoy, el tribunal ha considerado probado que Alexis C.S maltrató de forma habitual a la que fue su pareja durante 15 años, la intentó asesinar, quebrantó de manera continuada la condena que le obligaba a alejarse de ella y la vejó con los insultos que se recogen en las cartas que le enviaba desde la prisión, pese a tener prohibido comunicarse con ella.
El tribunal, sin embargo, no ha considerado probado que el acusado cometiera un delito de coacciones y otro de quebrantamiento de condena que también reclamaban las acusaciones para el procesado, a quien se le prohíbe nuevamente acercarse a su expareja durante 23 años y medio.
Según recoge la sentencia, al tribunal “no le cabe ninguna duda” de que el relato de la víctima es verdadero, como así lo apreció en el juicio y lo corroboraron los informes psicológicos, pues “estuvo sometida durante todo el tiempo que duró la relación con el acusado a una situación permanente de violencia”, cuyo máximo exponente ocurrió en marzo de 2013, cuando la intentó asesinar.
Además, el tribunal ha considerado probado que el procesado planeó con frialdad acabar con la vida de su expareja y empleó los medios para intentar lograrlo.
También entiende probado que el acusado cuando salió de prisión, tras ser condenado por quemar el coche de la expareja y amenazarla, incumplió de “forma deliberada y reiterada” la pena de prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima, algo que fue consentido por su compañera sentimental, pero que a efectos de tipificar los hechos es irrelevante.
El tribunal no ha apreciado ningún interés en la víctima, como apuntó la defensa, para impedir por todos los medios que el acusado obtuviera la custodia de la hija menor de ambos, ni que se inventara el relato de los hechos para evitar que el procesado se quedara con la niña.