La Guardia Civil investiga a un joven de Lanzarote por un delito de abuso sexual contra una menor de La Rioja
La Guardia Civil ha investigado a un hombre, de 21 años de edad, de nacionalidad española y residente en Lanzarote, por un presunto delito sexual contra una menor, de 13 años de edad, de La Rioja mediante el método grooming.
La investigación se enmarca en la Operación Tapujo, iniciada en enero, cuando agentes del Equipo Mujer-Menor (EMUME) de la Guardia Civil en La Rioja tuvieron conocimiento de que una persona desconocida había contactado con una niña de 13 años, residente en La Rioja, a través de las red social WhatsApp e Instagram.
Posteriormente, tras embaucarla llega a intercambiar fotografías de tipo sexual, es entonces cuando se impulsan diferentes actuaciones para poder identificar a este hombre, que se oculta en la redes bajo diferentes perfiles para que no le localicen, según informó la Guardia Civil en nota de prensa.
Así, a finales de febrero los investigadores sitúan en un punto de Arrecife el lugar exacto desde el que se establecen las conexiones con la menor de La Rioja, por lo que agentes del EMUME en La Rioja piden apoyo a sus homólogos de Costa Teguise, en la isla de Lanzarote, que consiguen localizar al autor de estos hechos, un joven de 21 años que es trasladado a dependencias de la Guardia Civil para tomarle declaración.
Por último, las actuaciones del caso han sido puestas a disposición de la autoridad judicial.
Por otro lado, la Guardia Civil recuerda que el método grooming hace referencia a una serie de conductas y acciones que un adulto realiza de forma con el objetivo de ganarse la amistad y confianza de un menor de edad. Así, tras conseguir crear una conexión emocional y disminuir la voluntad del menor, el adulto consigue que le envíe fotografías y vídeos de contenido sexual mediante presión coacciones y amenazas.
En este sentido, indican que el proceso se puede resumir en cuatro fases, que ocurren de manera “más o menos rápida”, tales como son el establecimiento de unos primeros lazos de amistad; obtener datos personales del menor; utilizar tácticas como la seducción, la provocación, el envío de imágenes de contenido pornográfico, consigue finalmente que el/la menor se desnude o realice actos de naturaleza sexual frente a una webcam o envíe fotografías de igual tipo; y se inicia el ciber-acoso, chantajeando a la víctima para obtener cada vez más material de contenido pornográfico o incluso conseguir un encuentro físico con la/el menor.
Para este tipo de delitos, el Código Penal establece penas de prisión de seis meses a dos años para la persona que a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación contacte con un menor de 16 años y realice actos dirigidos a embaucarle para que le facilite material pornográfico o le muestre imágenes pornográficas en las que se represente o aparezca un menor.
Finalmente, instan a prevenir este tipo de acciones concienciando a padres, docentes y alumnos de la existencia de estos delitos y la importancia de denunciarlos; se recomienda no compartir imágenes privadas o comprometedoras a través de las redes sociales, así como no agregar a personas que no se conozca y poner en conocimiento de los mayores si alguien te extorsiona.