La portada de mañana
Acceder
Puigdemont estira la cuerda pero no rompe con Sánchez
El impacto del cambio de régimen en Siria respaldado por EEUU, Israel y Turquía
OPINIÓN | 'Pesimismo y capitalismo', por Enric González

Condenan un año a un abogado por engañar a un cliente

EFE

Las Palmas de Gran Canaria —

La Audiencia de Las Palmas ha condenado a un abogado de la capital grancanaria a un año de cárcel y a dos años de inhabilitación profesional por quedarse con el dinero que le había dado un cliente para saldar una deuda con una comunidad de vecinos, sin realizar las gestiones encargadas.

La sentencia considera probado que el letrado, Juan Miguel W.A., de 63 años, fue contratado por un vecino de Las Palmas de Gran Canaria para realizar un serie de gestiones encaminadas a saldar una deuda que le reclamaba la comunidad de vecinos de un edificio de la calle Presidente Alvear e impedir que su propiedad se subastara.

En concreto, el abogado recibió hace seis años de su cliente 16.000 euros que este tuvo que pedir prestados al banco para que se personara en los procedimiento ejecutivos que ya se habían abierto contra él en los juzgados y pagara las deudas que le reclamaban.

La Audiencia estima “acreditado de forma indubitada, que el acusado, el señor letrado don Juan Miguel W., no cumplió su cometido, sino que lejos destinar el dinero a la finalidad con que lo había recibido, se limitó a realizar alguna gestión, como dos llamadas al letrado de la comunidad (de vecinos), sin que se personara en el procedimiento ni hiciere, al parecer, ninguna gestión otra jurídica, sino que incorporó a su patrimonio la cantidad recibida en el verano de 2007”.

Cuando su cliente comprobó que “no había hecho gestión alguna”, continúa el tribunal, comenzó a exigirle repetidamente que le devolviera el dinero, aunque sin éxito, hasta el punto de que tuvo que interponer una querella contra él para denunciar su actuación.

El letrado acudió a la citación judicial que se derivó de esa querella con una minuta en la que decía haber hecho trabajos para ese cliente valorados en 8.675 euros, pero para ello consignaba unas partidas “que no se corresponden con la realidad”, porque no se ha probado que “hiciera gestión alguna más allá de las dos llamadas telefónicas al abogado de la comunidad”, añade la sentencia.

En esa misma citación, el procesado entregó al Juzgado la diferencia entre los honorarios que pretendía cobrar y la cantidad que le había confiado su cliente: 7.325 euros.

La Audiencia subraya que la conducta de este abogado expuso a su cliente al riesgo de que subastasen su propiedad, lo que no ocurrió “por las gestiones directas” que el afectado hizo con la comunidad de vecinos, y le ha obligado a pagar intereses de demora.

La sentencia declara a Juan Miguel W.A. culpable por estos hechos de un delito apropiación indebida y de otro de deslealtad profesional, le impone un año de cárcel, dos de inhabilitación profesional y 9.000 euros de multa y le obliga a abonar a su cliente los 8.675 euros que se quedó en concepto de honorarios y los intereses de demora que ha tenido que afrontar.

Contra esta sentencia, Juan Miguel W.A. aún puede interponer recurso ante el Tribunal Supremo.

Etiquetas
stats