El TSJC ratifica la rebaja salarial a los empleados de las empresas públicas
La Sala de lo Social de Las Palmas del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha ratificado la legalidad de la rebaja del 5% del sueldo practicada, desde junio de 2010, a los empleados de las empresas públicas canarias. Con ello, el Tribunal desestima la demanda de conflicto colectivo planteada por el Comité de empresa contra Gestión recaudatoria de Canarias (Grecasa) y establece, además, que en la reducción no se aprecian indicios de inconstitucionalidad.
En una reciente sentencia y en contra de las tesis del comité de empresa, la Sala considera ajustada a Derecho la extensión de la disminución salarial que practicó el Gobierno de Canarias a todos los trabajadores del sector público, en virtud de las medidas de ajuste adptadas por el anterior Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. El tribunal entiende que el Ejecutivo canario aplicó correctamente la normativa estatal por la que se reguló tal disminución que afectó, además de a los empleados públicos de la administración general, a los asalariados del sector público.
El TSJC sentencia así en contra de las peticiones del comité de empresa de Grecasa que consideraba que el Gobierno de Canarias había cometido una vulneración de sus derechos y del convenio colectivo por el que se rigen.
El Tribunal dictamina que en la rebaja de sueldos realizada no existen indicios de inconstitucionalidad ya que es consecuencia de la aplicación del Real Decreto Ley 8/2010 por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público. En esta disposición estatal se estableció que la medida afectaba también al personal laboral de las fundaciones públicas, las entidades públicas empresariales y las sociedades mercantiles públicas.
Por ello, la Sala acepta las tesis del Gobierno de Canarias ya que aplicó las limitaciones retributivas establecidas con carácter básico por parte el Estado.
Es la segunda ocasión en la que este tribunal se pronuncia en idéntico sentido ya que emitió una sentencia similar ante un conflicto colectivo planteado contra la Fundación Ideo.