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Drago Verdes Canarias abordará el polvo de sílice en el pleno de La Laguna: “La población está expuesta a una sustancia cancerígena en el tranvía”

Trabajadores de Tranvía de Tenerife, en una protesta.

Tenerife Ahora

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Drago Verdes Canarias presentará este jueves una moción en el pleno del Ayuntamiento de La Laguna en favor de los trabajadores del Tranvía de Tenerife, quienes llevan años denunciando la existencia de un agente cancerígeno en las vías, el polvo de sílice. La propuesta será defendida por el concejal Alberto Rodríguez, quien ha ha explicado que “la moción procurará el reconocimiento de los riesgos laborales derivados de la exposición al polvo de sílice, ya que actualmente existen personas trabajadoras del servicio diagnosticadas con enfermedades pulmonares, y la población también está expuesta”.

Rodríguez añadió que “en caso de que, efectivamente, se detecten exposiciones a este agente químico, se solicitará el traslado de un presunto delito contra la salud pública a la Fiscalía de Medio Ambiente, con el fin de que Metropolitano de Tenerife depure responsabilidades”.

De hecho, el polvo de sílice y es uno de los motivos por los que la plantilla del tranvía ha anunciado una huelga, que coincide con el Carnaval en Santa Cruz de Tenerife. Los trabajadores y el Cabildo de Tenerife se encuentran en pleno proceso de negociación para atender las mejoras solicitadas.

Rodríguez ha indicado que “este agente químico surge de la fricción entre la rueda y el carril” y ha subrayado que “cinco años antes de la construcción del tranvía, la legislación española ya calificaba el polvo de sílice como un agente químico peligroso, pero es que desde 2020 lo ha reconocido como cancerígeno”.

En este sentido, señaló Rodríguez, “otra de las demandas más básicas que hacemos en la moción es la medición de la exposición real al agente en todas las paradas, túneles y puntos de pendiente pronunciada que se encuentren en nuestro municipio, puesto que es en estos tramos donde se genera mayor fricción” y remarcó que “si se obtiene un valor de exposición mayor que cero será nocivo para la salud, ya que no existe exposición segura al polvo de sílice”.

“También se solicitará, de manera urgente, la adopción de las medidas necesarias para evitar la exposición de las personas trabajadoras y usuarias a este agente químico”, prosiguió el concejal, “que deberá ir acompañada de la sustitución por otro producto técnicamente efectivo, y a su vez, compatible con la seguridad y salud”, concluyó.

El polvo de sílice

Para lograr la adherencia y el frenado de las ruedas, los tranvías de Metropolitano de Tenerife, S. A., de la marca Alstom, inyectan continuamente arena de sílice a la garganta de las vías. Este material, al machacarse como consecuencia de la fricción rueda-carril, genera un agente químico peligroso y cancerígeno denominado polvo de sílice cristalina respirable. En geografías tan abruptas como la de Tenerife, debido a la pendiente, la cantidad de arena empleada para lograr la adherencia y el frenado de los tranvías es mucho mayor de lo habitual, explica Drago.

Desde 2001, con la entrada en vigor del Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo, se sabe que el polvo de sílice cristalina respirable es un agente químico peligroso. El fabricante del tranvía, la multinacional Alstom, no advirtió a Metropolitano de Tenerife, S. A. de este riesgo derivado del funcionamiento normal de la explotación, de manera que, desde 2006 hasta 2022, tanto la plantilla como las personas usuarias han estado sometidas a distintos niveles de exposición sin ningún tipo de protección.

Además, desde 2017 se sabe que el polvo de sílice cristalina respirable es un agente químico cancerígeno, ya que así lo recoge la Directiva (UE) 2017/2398 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2017. Esta directiva se traspuso al ordenamiento jurídico español en 2020, incorporando el polvo de sílice como sustancia cancerígena al Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.

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