El Supremo condena a seis años de prisión a un promotor por plagiar el musical del 'Rey león'

Archivo - Fachada del Tribunal Supremo en Madrid (España).

Efe

0

El Tribunal Supremo (TS) ha condenado al promotor del musical “El rey de la sabana, el rey león” a seis años y un día de cárcel, una multa de 8.500 euros y una indemnización de 40.000 a Disney, titular de los derechos, como autor de un delito contra la propiedad intelectual e industrial.

Esta obra se representó el 14 y 15 de diciembre de 2015 en el Auditorio de El Sauzal (Tenerife), donde recaudó casi 11.000 euros, entre otra veintena de escenarios del territorio nacional.

La representación tuvo lugar meses después de que un Juzgado de lo Mercantil de Valencia impusiera al procesado una multa de 81.000 euros por plagio y le prohibiera seguir con el espectáculo.

Ahora la sentencia firme de la sala de lo Penal del Supremo apunta que serán responsables subsidiarios tres productoras, una de las cuales lleva el nombre de las Islas Canarias pero cuya sede social se encuentra en Sevilla.

La Audiencia Provincial y el Tribunal Superior de Valencia lo condenó como responsable civil a cesar cualquier tipo de representación sin autorización de Disney, tal y como ratifica ahora el TS.

Las penas accesorias son la inhabilitación absoluta y permanecer en libertad vigilada durante siete años, el pago de las costas, indemnizar con 6.000 euros a una empresa internacional encargada de las licencias y a una inhabilitación de tres años y medio para promover obras teatrales.

Ante el TS el condenado defendió sin éxito que era un mero intermediario de unas obras artísticas pero no su autor, de manera que no las reproducía, plagiaba o distribuía sino que se limitaba a promocionarlas sin tener nada que ver con ellas.

A raíz de que Disney interpusiera la correspondiente querella los tribunales consideraron probado que tenía registrada a su nombre la marca “Rey León” desde 1994 y otro tanto ocurría con su banda sonora.

En 2011 Disney había firmado con otra productora la exclusividad en España, con un cartel representativo incluido, cuyas imágenes también fueron plagiadas.

El TS ratifica que el acusado pese a tener conocimiento de este acuerdo “con intención de obtener un beneficio económico, promovió, comunicó públicamente y reprodujo la obra musical”.

También llevó cabo múltiples representaciones mediante el uso de diferentes títulos que siempre incluía términos relacionados con las obras originales, “induciendo a la confusión sobre la versión original, a través del uso de símbolos o marcas registradas con alguna variación o cambio en el guión”.

A fin de eludir las demandas el empresario cambiaba la escenografía y concertaba con los promotores o instituciones como el Ayuntamiento de El Sauzal una compensación sobre la recaudación obtenida al asegurar que contaba con los derechos.

Durante el juicio admitió que no tenía los derechos de Disney Enterprises excepto en lo que se refiere a la parte musical, lo que también negó el representante de los legítimos propietarios.

En todos los ámbitos judiciales se comprobó que la intención del procesado siempre fue que sus espectáculos se parecieran lo máximo posible a los originales, pese a que él aseguraba durante las campañas publicitarias que iba a hacer lo contrario.

Por ejemplo, en los carteles a veces no citaba a El Rey Léon sino al Rey de la Sabana, “lo que viene a demostrar cuál era la intención del acusado”, recoge el fallo del Supremo.

Etiquetas
stats