El juez Alba había rebasado el cupo legal de sustituciones cuando fue enviado al juzgado de Rosell

El juez Salvador Alba durante el juicio del caso Calero (Alejandro Ramos)

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) acordó en octubre de 2015 que Salvador Alba reemplazara a Victoria Rosell al frente del Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria a pesar de que el magistrado, con plaza en la Sección Sexta de la Audiencia Provincial, ya había superado el periodo legal establecido para poder desempeñar una sustitución voluntaria, los 180 días al año que fija la disposición adicional quinta del Real Decreto 700/2013 sobre el régimen retributivo de las carreras judicial y fiscal.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) regularizó esta situación anómala cuatro meses después de que Alba accediese a su nuevo destino, en febrero de 2016, mediante un acuerdo de la Comisión Permanente que le autorizaba a ejercer en el mencionado órgano judicial a través de una comisión de servicios manteniendo sus funciones en la Audiencia. Este acuerdo tuvo efecto retroactivo desde el 1 de noviembre y hasta el 31 de diciembre, lo que permitió esquivar el impedimento legal que el TSJC había obviado para aprobar la sustitución. 

El CGPJ justificó su decisión de otorgar la comisión de servicios al juez porque persistía la necesidad de cubrir la plaza que había dejado Rosell en Instrucción 8 tras solicitar la excedencia voluntaria para concurrir a las elecciones del 20 de diciembre en las listas de Podemos. Alba percibió por esta sustitución una retribución mensual equivalente al 80% del complemento de destino.

La medida fue adoptada el 11 de febrero, un mes antes de que Alba se reuniera en su despacho con el empresario Miguel Ángel Ramírez, investigado por fraude fiscal, para fabricar una declaración contra la ya entonces diputada de Podemos. El contenido de la grabación aportada por Ramírez sobre este encuentro ha dado lugar a la apertura de diligencias penales en el TSJC contra el juez por los delitos de prevaricación y negociación prohibida a funcionarios públicos

  

El periplo de Alba en el Juzgado de Instrucción 8 comenzó el 31 de octubre del año pasado. Ya entonces había sobrepasado los 180 días que el Real Decreto 700/2013 dispone como límite anual para poder desempeñar la sustitución voluntaria retribuida. El juez se había hecho cargo del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Las Palmas de Gran Canaria en sustitución de su titular, de baja por enfermedad, desde el 14 de julio de 2014 hasta el 13 de julio de 2015, computando este último año, por tanto, un total de 194 días. 

A pesar de que la carga de trabajo en Instrucción 8 superó el indicador de entrada de diligencias previas los tres últimos años (un 119% en 2013; un 107% en 2014, y un 101% en 2015) y de los juicios de faltas en los pasados dos (un 226% y un 132%), Alba decidió prescindir nada más llegar del juez que ejercía como refuerzo desde junio de ese año, Alejandro Navarro. Según los datos recogidos por el CGPJ, la dedicación de la magistrada titular de este juzgado superó el indicador de entrada en 2013 y 2014 (144 y 143%), mientras que en 2015 los distintos magistrados que pasaron por este órgano prácticamente lo alcanzaron (99%).

A 31 de diciembre de 2015, se tramitaban en este juzgado 404 asuntos, mientras que la pendencia judicial media de los órganos de igual clase del mismo partido era de 367, es decir, 37 menos. En el informe que remitió al Tribunal Supremo el 23 de abril y que resultó clave para que fuera admitida la querella que José Manuel Soria interpuso contra Rosell, Alba responsabilizaba a la magistrada de un retraso en la tramitación de la causa contra Miguel Ángel Ramírez y aseguraba que el resto de investigaciones llevaba un ritmo adecuado.

Alba abandonó el juzgado de instrucción el 3 de mayo después de que la jueza que ganó la plaza, Carla Vallejo, se presentara en el mismo el primero de los veinte días que tenía para hacerlo. Un día después el magistrado envió un escrito al CGPJ en el que informaba de su reunión con el empresario, que había obviado en tres ocasiones anteriores. Aunque sostuvo que la declaración de Ramírez fue “absolutamente espontánea”, el contenido de las grabaciones difundidas y el hecho de que ordenara la entrada del investigado a la Ciudad de la Justicia de Las Palmas de Gran Canaria por el circuito restringido lo contradicen.

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