La justicia reprende al Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana por su “absoluta opacidad” en las contrataciones de un plan de empleo social
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 6 de Las Palmas de Gran Canaria ha anulado el decreto que formalizó las 26 contrataciones realizadas por el Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana en el marco de un plan de empleo social financiado por el Cabildo. Según la sentencia, el gobierno municipal, liderado por Santiago Rodríguez (La Fortaleza-Coalición Canaria), prescindió de las normas esenciales del procedimiento “con palmaria quiebra de los principios de igualdad, mérito, capacitad y publicidad” que deben presidir el acceso al empleo público.
La resolución judicial estima parcialmente el recurso presentado por la Agrupación de Vecinos de Santa Lucía (AV-SLT), partido en la oposición, y reprende al Ayuntamiento por la “absoluta opacidad” de la “previa y parcial” preselección de los candidatos por parte de la administración.
Esas contrataciones se produjeron con motivo de un programa de colaboración del Cabildo de Gran Canaria con los ayuntamientos de la isla para la ejecución de un plan derivado del estado de alarma, destinado a la contratación de personas desempleadas. El objetivo era proteger el empleo, ayudar a los colectivos más vulnerables y mantener el tejido productivo. A Santa Lucía, uno de los municipios más afectados por el incremento del paro durante la pandemia de COVID-19, se le asignaron 437.908 euros. La corporación insular financiaba en su integridad los costes salariales. Las contrataciones debían tener una duración de 6 a 12 meses, las jornadas laborales no podían ser inferiores al 75% y no podían beneficiarse del programa dos personas de la misma unidad familiar, salvo casos excepcionales y justificados.
Los aspirantes debían estar empadronados en el municipio solicitante o próximo, estar inscritos como demandantes de empleo y no haber sido contratados por el Ayuntamiento ni en otros programas de fomento del empleo del Cabildo en los doce meses anteriores.
Según recoge el relato de hechos de la sentencia, una vez que el Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana obtuvo la subvención para contratar a 26 personas, la jefa del servicio de Dinamización de Colectivos y Desarrollo Municipal instó a la concejal de Desarrollo Local y Desarrollo Económico a “proponer personas candidatas al proyecto”, con un listado por orden de prioridad de los vecinos y la indicación de la categoría profesional a la que aspiraban.
Esa preselección se elaboró a partir de las propuestas de los concejales. “A través de la atención a nuestros ciudadanos, detectamos posibles casos de personas cuyos perfiles se ajustan a los requisitos establecidos”, reza el decreto del alcalde. De los 26 candidatos, 16 cumplían los requisitos fijados en la convocatoria. Los otros diez fueron seleccionados entre los propuestos por el Servicio Canario de Empleo, “sin que conste en modo alguno publicidad de convocatoria o procedimiento adicional a dicha selección”, destaca la sentencia que anula esa decisión.
La resolución judicial desestima la segunda pretensión de AV-SLT, que había pedido que se declarara la “situación jurídica individualizada”, consistente en condenar al Ayuntamiento a que “se abstenga de realizar contratación alguna de personal laboral sin que previamente la persona a contratar haya sido seleccionada tras superar un proceso selectivo que cumpla con los principios del artículo 55 del Estatuto Básico del Empleado Público”. El juez de refuerzo que firma la sentencia destaca que los tribunales de lo contencioso-administrativo no pueden dictar resoluciones encaminadas a “prevenir o evitar futuros agravios”, sino proceder contra ellos cuando ya han sido materializados.
Para los demandantes, esta sentencia obliga al Ayuntamiento a “publicar los planes de empleo social para que cualquier vecino pueda acceder en condiciones de igualdad a los puestos de trabajo que se convoquen”. Agrupación de Vecinos-Santa Lucía de Tirajana ya denunció hace unos meses que estos planes estaban siendo utilizados para “contratar a familiares, allegados e, incluso, integrantes de las listas electorales” de algunos de los partidos que conforman el grupo de gobierno en el municipio (Nueva Canarias, La Fortaleza-Coalición Canaria y Partido Popular).
Este partido afirma en un comunicado que, a partir de ahora, exigirá que a las convocatorias de los planes de empleo puedan acceder, “en condiciones de igualdad”, cualquiera de los vecinos del municipio, “entre los que se encuentran más de 12.000 desempleados, y no solo aquellos que el actual grupo de gobierno decide a su libre capricho”.
“Estamos decididos a cambiar este sistema abusivo, injusto, discriminatorio y que, ahora, tras la sentencia de un juez, se demuestra también ilegal”, ha manifestado Manuel Hernández, presidente y portavoz de la formación, que reclama que todas las contrataciones se hagan “con absoluta transparencia”, para “evitar dejar a los más necesitados fuera y desterrar para siempre el nepotismo que desgraciadamente han venido caracterizando a los distintos gobiernos”.

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