La RTVC de Santiago Negrín vulneró “el principio de libre concurrencia” al nombrar ‘a dedo’ a sus directivos

El expresidente de la Televisión Canaria, Santiago Negrín

Canarias Ahora

Las Palmas de Gran Canaria —

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El Consejo Rector de Radio Televisión Canaria (RTVC) vulneró en 2016, durante el mandato de Santiago Negrín, “el principio de libre concurrencia” al nombrar a dedo a altos directivos, según ha decretado el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).

En concreto, los nombramientos afeados por el TSJC son los de Carlos Guillermo Domínguez como director de los Servicios Informativos de Canarias Radio La Autonómica, el de César Sar como el encargado de la Dirección de Nuevos Proyectos en el área de producción en la televisión, el de Nieves Rocha como directora de Informativos de Televisión Canaria, y el de Heriberto Monzón como director Corporativo de RTVC, designaciones que fueron reprochadas en su día por la Audiencia de Cuentas.

En octubre de 2016 el Consejo Rector de Radio Televisión Canaria acordó ceses y nombramientos para la Dirección de Informativos, Dirección de Nuevos Proyectos, Dirección Corporativa de Televisión Pública de Canarias S.A y Dirección de Informativos de Radio Pública de Canarias.

En ese momento, la Unión de Profesionales de la Comunicación de Canarias (UPCC), sindicato que ha hecho pública esta sentencia, consideró necesario reclamar lo que, ahora el TSJC confirma, la vulneración de la Ley de RTVC.

“La Radio Televisión Pública no puede estar regida por criterios de contratación privada, no solo porque se trate de un ente público que debe respetar la Ley de Función Pública y garantizar la libre concurrencia, sino porque está vulnerando su propia Ley”, resalta la UPCC.

El sindicato recuerda que la Ley de la Radio Televisión Autonómica especifica en el artículo 37.4 que “la selección de personal en el ente público RTVC y en sus sociedades deberá realizarse siempre y en todo caso garantizando el cumplimiento de los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad mediante las correspondientes pruebas de acceso establecidas y convocadas por la Presidencia, previo acuerdo del Consejo Rector”.

Así, no ven válidos argumentar que se traten de puestos de “confianza o autonomía de la gestión” como si fueran cargos u órganos políticos. Esto supone que, una vez dictada la sentencia, el ente debe ejecutar y sacar a concurso los puestos que en su momento fueron seleccionados a dedo por el Consejo Rector y el que en ese momento era presidente del ente, Santiago Negrín.

UPCC recuerda que, aunque se pretenda realizar una modificación en la Ley de Radio Televisión Canaria de 2014, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias ya ha dado una respuesta al conflicto y debe ser respetada y ejecutada.

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