El TSJC suspende la demolición de la gasolinera de Repsol en Las Remudas
Cuando José González vuelve a entrar en su casa, después de una larga jornada de trabajo, encuentra un silencio que deriva en la tranquilidad por la que hace no mucho tiempo tuvo que librar una batalla judicial, cuyas ruinas se erigen justo frente a su ventana en forma de gasolinera.
Su caso ha dado un nuevo revés después de que la misma Sala del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que le diera la razón en el año 2010 y ordenara el cierre de la estación de servicio de Repsol de Las Remudas, haya suspendido cautelarmente en marzo del presente año la resolución del Ayuntamiento de Telde referente a la demolición de las instalaciones.
De hecho, según se desprende de la sentencia, el TSJC considera que “carece de sentido la demolición de algo que puede ser inmediatamente construido al amparo de una nueva licencia”. El motivo, la presentación de un nuevo Plan General de Ordenación en Telde que podría convertir el suelo sobre el que se asienta la estación en urbanizable, cuando en la actualidad es rústico. Este fallo cuenta con el voto particular de una magistrada que opina lo contrario y cree que la medida cautelar supondría desnaturalizar el cumplimiento de las sentencias.
González recuerda que todo comenzó a finales de 2003, cuatro años después de instalar su domicilio en el enclave situado a la entrada del municipio grancanario de Telde, cuando la compañía Repsol comenzó a edificar una estación de repostaje que contaba con un tren de lavado a pocos metros de su casa. Una vez abierta al público, recuerda que el ruido hizo que su casa se convirtiera en un infierno en el que no se podía dormir y “se hablaba a gritos”.
Tras varias llamadas a la Policía que no causaron efecto, su paciencia se agotó cuando recibió un aviso alertando de que su mujer se había tratado de suicidar y, en vez de ser llevada a un hospital, pasó dos noches en el calabozo por un atestado en el que quedaban reflejadas las palabras “desobediencia a la autoridad”. Después de pasar dos años presentándose en los Juzgados dos días a la semana, se celebró un juicio en el que la causa quedó archivada, ya que los agentes afirmaron que las faltas no existieron y que, de hecho, el día que ocurrieron los hechos la acusada no era capaz de mantenerse en pie. Durante ese intervalo, su hija sufrió un trastorno alimentario.
El afectado decidió entonces vender un apartamento que poseía en Salinetas para costear una batalla judicial con varios frentes abiertos, tanto por la vía de lo Penal, cuyas diligencias permanecen “empantanadas” desde 2006 en el Juzgado de Instrucción número 1 de Telde, tanto por la del Contencioso Administrativo. Esta última dio sus frutos y en el año 2010 la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso del TSJC declaró nulas tanto la licencia de obra otorgada a la mercantil Estaser Canarias SL - cuyo administrador único es Cayetano Sánchez, padre del consejero insular del Partido Popular (PP) Carlos Sánchez - como la licencia de apertura del surtidor construido delante de la vivienda de la familia denunciante.
En dicho proceso se demostró que la gasolinera se construyó sobre terrenos calificados como rústicos, que fueron adquiridos por la familia de Sánchez, a cuya empresa le fue otorgada por parte del Ayuntamiento en abril de 2003, poco antes de las elecciones, la licencia de obra de la estación que explotaba Repsol.
A pesar de que la sentencia ordenaba el cierre de la gasolinera, la ejecución de la misma no se produjo hasta febrero del presente año, recuerda González. Lo mismo ocurrió con el fallo que obligaba a insonorizar la zona, que se produjo en 2007 y no se llevó a efecto hasta el 2011, denuncia.
Este hecho queda reflejado en el voto particular de la magistrada referido anteriormente, quien hace referencia a los “sucesivos requerimientos” al Ayuntamiento para que cumpliera la sentencia que ordenaba el cierre de las instalaciones.
Como dato a destacar, cabe mencionar que, de las autorizaciones posteriores a los comicios de 2003 necesarias para que la explotación comenzara a funcionar, tres tuvieron que pasar por administraciones que a partir de mayo de ese año quedaron en manos del Partido Popular (PP), el Consistorio teldense, el Cabildo grancanario en el que ya figuraba Sánchez bajo la presidencia de José Manuel Soria y la Consejería de Industria del Gobierno regional que lideraba Luis Soria.
Por su parte, González pone de relieve dos hechos que le resultan sorprendentes, el primero es que el TSJC admitiera un recurso de Estares Canarias cuando no le permitió personarse en 2010 al estar la explotación a nombre de Repsol, la segunda es que lo que él ha tardado más de 10 años en conseguir - el cierre de la instalación - la otra parte lo consiga en apenas 16 días.
La gasolinera no se demolerá
El TSJC mantiene la anulación de la licencia de obra en su sentencia fechada el 23 de marzo de 2015 y hace hincapié en la necesidad de aplicar medidas cautelares en ciertos casos que se extienden en el tiempo, para evitar “situaciones irreversibles”, como lo sería en este caso la demolición de la instalación.
Para la Sala, una vez anulada la licencia de obra y, en consecuencia, desaparecida del modo jurídico, “nos encontramos ante una obra que carece de las perceptivas licencias, de modo que ha de procederse al restablecimiento del orden jurídico perturbado, lo que puede tener lugar, bien por la legalización, si la obra o el uso resultan compatibles con el planeamiento, bien por la reposición de la realidad física alterada a su estado originario, en caso contrario.
Es decir, que la Justicia considera que el procedimiento no ha concluido y deja la puerta abierta a que la estación pueda ser legalizada en un futuro, ya que la demolición exige un planteamiento expreso de incompatibilidad que, al parecer, no se ha dado de momento.
En consecuencia, la reposición del paisaje “exige agotar el procedimiento que hemos pormenorizado en el anterior fundamento, sin que nos conste en definitiva que exista una resolución municipal – menos aún judicial – que después de transcurrido tanto tiempo haya resuelto si la controvertida estación de servicios es o no legalizable”, cocluye.
Así pues, la demolición solo podrá dictarse después de que se rechace la legalización de las instalaciones, lo cual resulta paradójico teniendo en cuenta que ya se ha dirimido que es ilegal. González pone en duda el proceso judicial llevado a cabo por la Sala, que no le permitió personarse en el mismo pese a que lo solicitó en tiempo y forma.