Un juez de Toledo ve indicios de “prevaricación” en una campaña publicitaria durante el Gobierno de Cospedal

Una sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Toledo deja entrever que el Gobierno de Dolores de Cospedal podría haber incurrido en acciones “constitutivas de un delito de prevaricación”.

El magistrado se expresa en estos términos en sentencia referida a la denuncia formulada por la empresa Cemusa Corporación Europea de Mobiliario Urbano SA., por impago de una factura de 50.615 euros en concepto de servicios publicitarios en el año 2015, por parte de la Fundación para la Promoción de Castilla-La Mancha.

El Gobierno de Cospedal realizó “un supuesto contrato a nombre de una Fundación de gestión pública, sin conocimiento del personal de esta última, soslayando la normativa administrativa sobre contratación y adjudicación de contratos y a instancias de quienes en ese momento ostentaban el cargo de consejero en el Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha”, en referencia a los entonces consejero de Presidencia, Leandro Esteban y al de Educación, Marcial Marín.

El magistrado falla en contra de la empresa al no constar contrato con la Fundación para la Promoción de Castilla-La Mancha, pero ha decidido informar a la Fiscalía de Toledo. El contrato, según dice la sentencia, tenía como objeto  la campaña de promoción del IV Centenario de la publicación de la segunda parte de El Quijote y debía desarrollarse en siete aeropuertos españoles entre enero y junio de 2015.

El contrato, según se describe en la demanda, se realizó a través de María de las Cortes Sotos, jefa de Gabinete de la Presidencia de la Junta, quien declaró ante el juez “aunque con ciertas vacilaciones”, dice la sentencia,  que “negoció y contrató”  y que si lo hizo fue “porque se lo encomendaron quienes eran consejeros de Presidencia (D.Leandro Esteban) y de Educación (D. Marcial Marín)”.  

La campaña se desarrolló en siete aeropuertos pero la Fundación no pagó las facturas y el personal de esta entidad comunicó a Cemusa Corporación que “no sabían nada del contrato de publicidad en cuestión”.

Otro de los testimonios en el caso fue el del director comercial del área aeroportuaria de Cemusa quien manifestó que contactaron con la Fundación a través de AENA y que “si bien AENA les exige normalmente presentar los contratos publicitarios por escrito, en este caso no se lo requirió”. A pesar de todo, declaró que “solicitaron en varias ocasiones a la fundación que les firmara el contrato, lo que, finalmente, no se efectuó”.

En la sentencia se apunta también que, una vez constatados los impagos, la propia jefa de Gabinete sugirió a la empresa que emitieran sus facturas a nombre de otra fundación dependiente de la Junta, denominada Fundación para la Cultura y el Deporte de Castilla La Mancha, “cuyo personal les manifestó que tampoco sabían nada del contrato”.

Además, en su declaración, la jefa de Gabinete del consejero de Presidencia admitió que en una anterior ocasión “negoció y contrató todas las condiciones de la primera campaña publicitaria que Cemusa realizó en relación con el Greco”.

El magistrado refleja en su sentencia que no consta contrato alguno sino “únicamente constan dos correos electrónicos: uno remitido desde Aena y otro enviado por la jefa de Gabinete a Cemusa ”donde se sugiere que la compaña se pudiera desarrollar en varios aeropuertos“.

“Tampoco se ha aportado prueba nítida y precisa a los autos sobre el modo en que se ejecutó el supuesto contrato”, dice la sentencia, entre las razones para desestimar la demanda.