Condenada una mujer por racismo y amenazas hacia un niño de 10 años en un comedor escolar de Aranda de Duero
La Audiencia Provincial de Burgos ha condenado a un año y cuatro meses de cárcel a una mujer que amenazó y profirió insultos y expresiones racistas contra un menor de edad que se encontraba en un comedor escolar, al que había acudido para recoger a sus nietas. La sentencia prevé que la mujer pague dos multas que suman 2.070 euros, al considerarla autora de delitos contra los derechos fundamentales y libertades públicas en su modalidad de lesión de la dignidad por motivos raciales con la agravante de abuso de superioridad, contra la integridad moral, con la agravante de discriminación, y leve de amenazas.
Los hechos se produjeron el 8 de enero de 2024 cuando fue a un colegio público de Aranda de Duero (Burgos) a recoger a sus nietas al comedor escolar. A pesar de que no tenía permiso, entró al comedor, donde había una quincena de estudiantes, todos ellos menores de 12 años. Allí se dirigió directamente a un niño de 10 años, cuyo progenitor es de origen dominicano, y afirmó: “Aquí hay putos monos que les gusta comer plátanos”.
La sentencia plantea que en esta situación aprovechó su “ventaja tanto física como psíquica” por razón de edad respecto al menor y mostró su “animadversión y desprecio a las personas de raza negra”, con insultos y amenazas en voz alta. Además, cogió unas tijeras y le dijo al menor que le iba a “cortar los huevos” y los iba a meter en una caja para enviárselos a su madre: “Me da igual que me metan en la cárcel; puto mono, puto negro”, dijo antes de marcharse del comedor y del centro educativo.
El niño se sintió humillado y despreciado, lo que menoscabó su dignidad y derivó en que su madre presentara una denuncia. Además de la pena de prisión y la multa, la resolución de la Audiencia inhabilita a esta mujer para trabajar en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre durante nueve años.
La condenada no entrará en prisión tras quedar en suspenso la pena porque no tiene antecedentes previos y no se han opuesto ni Fiscalía ni la acusación particular, pero no podrá acercarse al menor a una distancia inferior a cien metros durante seis meses ni comunicarse con él durante tres años.