La Justicia dice que la suspensión del Toro Jubilo de Medinaceli no fue acorde a derecho

EFE

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha dado la razón al Ayuntamiento de Medinacelli (Soria) y ha dictaminado que la suspensión en noviembre de 2024 de su festejo taurino tradicional, el Toro Jubilo, “no fue acorde a derecho” por lo que declara “nula y no ajustada a derecho” la sentencia dictada por el juzgado número 1 de Soria que lo paralizó.

En la sentencia a la que ha tenido acceso EFE, el Tribual Superior de Justicia de Castilla y León ha concluido que, tras analizar los recursos de apelación del Consistorio y el Ejecutivo autonómico, así como las alegaciones del partido animalista PACMA, “la paralización del festejo taurino tradicional no fue acorde a derecho”.

Por ello, el Alto Tribunal ha acordado revocar el pronunciamiento de estimación parcial y de anulación contenido en la sentencia del juzgado número 1 de Soria con una nueva sentencia favorable a la celebración del Toro Jubilo basada en la protección que tiene este espectáculo taurino calificado como espectáculo taurino tradicional por la Junta de Castilla y León.

Los hechos se remontan a noviembre de 2023 cuando PACMA presentó un recurso contra la aprobación de un acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Medinaceli que permitía la celebración del festejo, así como contra la autorización otorgada por parte de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta.

Este recurso llevó al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Soria a declarar ilegal la ordenanza municipal que regula el tradicional festejo, originaria de 1999 y modificada en 2000 y 2015, al no haber seguido el procedimiento legalmente establecido.

La Junta de Castilla y León y el Ayuntamiento de Medinaceli recurrieron ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad esta sentencia y consideraron que, a falta de una resolución firme, se podía continuar con la celebración del festejo.

Este hecho llevó a PACMA a solicitar la suspensión cautelar del Toro Jubilo, petición que fue estimada por el Juzgado Número 1 de Soria un día después de que la Junta diera luz verde a su celebración.

Finalmente, el TSJCyL ha dado la razón al Ayuntamiento de Medinaceli y considera “inadmisible” el recurso contencioso administrativo interpuesto por PACMA contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Medinaceli que permite celebrar la fiesta.

PACMA anuncia recurso en el Tribunal Supremo

Por su parte, PACMA ha anunciado que interpondrá un recurso de casación ante el Tribunal Supremo tras esta sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

La formación política animalista ha considerado que esta decisión judicial es “injusta”, aunque, ha recalcado, que la sentencia “se limita a valorar cuestiones de forma, y no de fondo”, por lo que creen que el TSJCyL no quita la razón a la formación política, ni al Juzgado de Soria, sobre la ilegalidad de la celebración del festejo.