La Audiencia Nacional afea al juez que vetara pruebas clave a los CDR procesados por terrorismo

Tirón de orejas de la Audiencia Nacional al juez Manuel García Castellón por negar el acceso a documentos y pruebas clave a los miembros del Comité en Defensa de la República (CDR) procesados por terrorismo. La Sala de lo Penal ha ordenado al juez que entregue a las defensas del caso los autos por los que acordaba los pinchazos telefónicos del caso así como los archivos de audio originales “sin editar”.

Las defensas de seis de los trece CDR procesados pidieron la nulidad de la causa después de conocer que bebe directamente de una investigación judicial previa, abierta en 2017 y que permanece bajo secreto de sumario desde entonces. El secreto implica que la causa solo la conocen el juez y el fiscal, y no las defensas. Es en esa causa donde constan los indicios que motivaron las intervenciones telefónicas de los procesados, una de las principales pruebas del caso.

Los letrados del colectivo Alerta Solidària, que representa a los procesados, argumentaron que el no haber tenido acceso a la investigación judicial secreta de la que deriva el caso merma su derecho a la tutela judicial efectiva y su derecho de defensa, ya que no saben los motivos que llevaron al juez a acordar los pinchazos telefónicos y el resto de medidas de seguimiento a los investigados.

La Sala de lo Penal, en un auto al que ha tenido acceso elDiario.es, ve “legítima” la petición de las defensas y ordena al juzgado que entregue los autos por los que se acordaron las intervenciones del teléfono, la instalación de dispositivos de escuchas y balizas de seguimiento en los coches “y cuantos elementos de seguimiento e intervención de comunicaciones y movimientos de los investigados en la presente causa y que afecten a sus derechos fundamentales”.

Recuerdan los magistrados que la base para el procesamiento de los CDR fueron precisamente los pinchazos telefónicos, por lo que “no puede negarse” a las defensas conocer los archivos completos y los elementos que llevaron al juez a acordarlos. En el auto de procesamiento se hacen numerosas referencias a conversaciones telefónicas y seguimientos, como la llamada de uno de los CDR a una droguería para encargar ácido nítrico o nitrato de potasio.

La “principal garantía” para la validez de una intervención telefónica es que el juez de instrucción la valore y la autorice, recuerda la Sala, que manda una velada advertencia al magistrado: “Lejos de actuar en esta materia con criterio inquisitivo impulsando de oficio la investigación contra un determinado imputado, la Constitución sitúa al juez instructor en el reforzado y trascendental papel de máxima e imparcial garantía jurisdiccional de los derechos fundamentales de los ciudadanos”.

Alerta Solidària también pidió tener acceso al conjunto de la causa secreta de la que deriva el caso de los CDR. Sin embargo la Sala deniega por ahora esta solicitud. Argumentan los jueces que antes de pedir el conjunto de la causa los letrados deben analizar el contenido de los autos de intervención telefónica, detención y los archivos de audio, tras lo cual podrán “valorar la necesidad” de solicitar nuevas pruebas, como sería acceder a la totalidad del expediente que a día de hoy siguen sin conocer.