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El juez rechaza que una causa secreta vulnerara derechos de los CDR procesados por terrorismo

Los CDR y una de sus abogadas, Eva Pous, a la salida del juzgado

Oriol Solé Altimira

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El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha rechazado anular la causa contra los 13 miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) al descartar que hubieran sufrido indefensión que mermara su derecho de defensa por la existencia de una investigación secreta de la que deriva su caso y a la que no han podido acceder.

Las defensas de seis de los trece CDR procesados pidieron la nulidad de la causa después de conocer que bebe directamente de una investigación judicial previa, abierta en 2017 y que permanece bajo secreto de sumario desde entonces. El secreto implica que la causa solo la conocen el juez y el fiscal, y no las defensas.

De ahí la indefensión alegada por los letrados del colectivo Alerta Solidària: las defensas argumentan que el no haber tenido acceso a la investigación judiciales de la que deriva el caso, que permanecen bajo secreto, merma su derecho a la tutela judicial efectiva y su derecho de defensa.

La luz de alarma de las defensas la encendió un escrito de la Fiscalía en el que pedía incorporar parte de las diligencias secretas como prueba documental de cara al juicio contra los CDR. Además de pedir la nulidad de la causa judicial contra los CDR, las defensas pidieron levantar el secreto de las diligencias secretas del año 2017, en las que constarían los indicios que motivaron las intervenciones telefónicas de los procesados, una de las principales pruebas del caso.

En un auto, el juez desestima la petición de las defensas al concluir que “no concurre indefensión material alguna”. El juez acoge todos los argumentos de la Fiscalía –de hecho calca varios de sus párrafos– y califica de “artificial” la solicitud de nulidad de actuaciones planteada por las defensas.

Según el juez, la investigación secreta de la que deriva la causa de los CDR se encuentra todavía en fase de instrucción, de modo que “no es posible” que las defensas accedan a la misma, sin perjuicio de que “una vez alzado el secreto, se planteé si es conveniente”.

En cualquier caso, resuelve el magistrado, que la investigación en la que los trece CDR están procesados parta de un procedimiento principal no implica que en éste haya diligencias que les afecten, ya que las únicas pruebas que podrán utilizarse contra ellos son las diligencias que sí están incorporadas al sumario “y nada de lo no recojan dichos testimonios puede ser utilizado en contra de los mismos”.

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