La Audiencia de Madrid anula el intento de Peinado de llevar a Begoña Gómez ante un tribunal popular
La Audiencia Provincial de Madrid ha anulado las decisiones del juez Juan Carlos Peinado por las que transformó el procedimiento contra Begoña Gómez en uno que llevaría a la mujer del presidente del Gobierno y el resto de investigados a ser juzgados por un tribunal popular. La instancia superior ha resuelto en un auto cuatro recursos de las partes que se concretan en la decisión de retrotraer las actuaciones a un momento anterior a la transformación del procedimiento en el del tribunal del jurado.
A juicio de los magistrados de la Audiencia Provincial, los autos por los que el juez optó derivar la causa hacia un posible tribunal compuesto por ciudadanos “carecen de la necesaria fundamentación” y motivación para justificar el cambio de procedimiento. Subrayan que “únicamente se mencionan las personas contra las que se dirige, pero no se hace un relato que comprenda los indicios verosímiles” que les atribuye. Concluyen, por tanto, que se ha vulnerado el derecho de los investigados a la tutela judicial efectiva, que incluye obtener una resolución debidamente motivada.
Además, le advierten de que no puede escudarse en la simple sospecha inicial para hacer avanzar la causa hacia el Tribunal del Jurado. Así, los jueces de la Audiencia Provincial recuerdan a Peinado que, tras un año y medio de investigación, la mera “verosimilitud” de la denuncia original ya no es suficiente y que es imprescindible que esas sospechas se hayan transformado en “indicios racionales suficientes”. “No es de recibo indicar, tras año y medio de instrucción, que para la incoación del procedimiento basta la mera verosimilitud y qué esta ya ha sido avalada en diversas ocasiones por la esta Sala”, dice la resolución.
El pasado octubre, el juez Peinado decidió derivar ante dos jurados populares la investigación abierta contra Begoña Gómez. Su pretensión era mantener, por un lado, un procedimiento sobre el delito de malversación que le atribuye por las tareas realizadas por su asistente en la Moncloa. Y, por otro, uno en el que seguir indagando en su actividad en la Universidad Complutense y sus relaciones con el empresario Juan Carlos Barrabés. Sin embargo, los magistrados de la instancia superior anularon esa decisión y descartaron que, en el caso de que la causa avanzara hasta el juicio, se celebraran dos vistas contra la mujer del presidente.
En su recurso, la defensa de Begoña Gómez alegó que el juez se limitó a transcribir artículos de la Ley del Jurado y a citar resoluciones de forma genérica, sin concretar “ni un solo indicio” de que hubiera cometido los delitos imputados tras 19 tomos de investigación y calificó la decisión de “prematura e inmotivada desde el punto de vista fáctico, normativo y procedimental”.
68