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El choque de legimitidades estalla en el Parlament

Junqueras, Puigdemont y Turull, a la entrada de la reunión del Consell Executiu de este martes

Arturo Puente

Este miércoles 6 de septiembre se ha convertido en el día D del previsible choque de legitimidades entre el Parlament de Catalunya y la legalidad constitucional. Tanto la Cámara catalana como el Consejo de Ministros y el pleno del Tribunal Constitucional están preparados para una coreografía jurídica de votaciones, aprobaciones, petición de informes y suspensiones que podría dilatarse hasta el viernes.

La sesión de este miércoles comenzará con la reunión extraordinaria de la mesa, a las 9 horas, tras lo cual hay convocado un pleno. Los grupos de JxSí y la CUP han reclamado también la convocatoria de otra sesión plenaria para el viernes, sin entrar a detallar cómo encaja en el plan exprés para aprobar la ley del referéndum, la de Transitoriedad y la convocatoria para el 1 de octubre.

Todo ello para acabar la semana con el referéndum convocado y suspendido. El siguiente paso que dé la Generalitat hacia el 1-O será la desobediencia abierta, según el ordenamiento constitucional español. Para los independentistas, en cambio, será obediencia única al Parlament. Las consecuencias políticas y judiciales que esto puede acarrear son imprevisibles.

Los trámites del Parlament

Sobre los compases que guiarán la acción del Parlament y la respuesta de las instituciones del Estado hay varios interrogantes, pese a los cuales ya puede avanzarse buena parte de la partitura. El baile comenzará el miércoles a primera hora cuando la Mesa del Parlament admita a trámite la ley del referéndum. Comenzará la cuenta atrás para su suspensión por parte del Constitucional.

En paralelo a la acción del Gobierno, algunos grupos de la oposición podrían presentar en ese mismo momento una petición de reconsideración de la admisión a trámite, que la Mesa debería de responder con una resolución motivada. Si todos estos trámites son llevados a cabo sin contratiempos, se iniciaría el pleno, en el que un diputado independentista reclamaría la modificación del orden del día, invocando el artículo 81.3 del reglamento, para introducir la votación de la ley del referéndum. 

Esa opción es, según las fuentes consultadas, la más probable. Pero la mayoría independentista también podría utilizar directamente el 81.3 y saltarse así el trámite de la Mesa. Los partidos independentistas guardan silencio sobre si pretenden que la ley de transitoriedad jurídica siga por la misma senda que la norma del referéndum el mismo miércoles, o si por el contrario se dejará para el jueves.

Tomen cualquiera de los caminos posibles, el objetivo es que la ley del referéndum pueda estar aprobada y publicada en una edición especial del Diario Oficial de la Generalitat este mismo miércoles. Justo después de eso, el Govern se reuniría para firmar de forma conjunta el decreto de convocatoria del referéndum, que sería publicado en una nueva edición especial del boletín.

La respuesta del Estado

Más difíciles de prever son el contragolpe que pretende asestar el Gobierno a través del Tribunal Constitucional y, en su caso, la actuación de la Fiscalía. Si algo está claro es que el Alto Tribunal, que tiene una sesión plenaria a la vez que el Parlament, acabará tumbando la la ley del referéndum, la convocatoria del referéndum y la ley de transitoriedad.

El Ejecutivo de Rajoy tiene, de entrada, dos opciones. Por una parte, puede intentar activar la maquinaria judicial del Estado a tiempo para conseguir que la firma del decreto de convocatoria sea un acto ilegal. Por otra, esperar a que todo esté aprobado para tumbarlo todo a la vez. Esta segunda fue la vía utilizada para el proceso participativo del 9-N de 2014, cuando el Constitucional suspendió en la misma sesión la ley de consultas y la convocatoria hecha por Artur Mas.

En cambio, si el Gobierno opta por segar la hierba bajo los pies a cada nuevo paso del Parlament, podría lanzar recursos bien contra la admisión a trámite de la ley o bien contra la propia ley, aunque en este segundo supuesto necesitaría un informe preceptivo del Consejo de Estado que lo retrasaría todo. Incluso si opta por la primera, es dudoso que tenga tiempo de llevar a cabo todos los trámites preceptivos antes de que Puigdemont y el resto de consellers firmen los decretos.

Es por esta razón que no es descartable que durante la reunión de la Mesa y el pleno los grupos de la oposición se decanten por el filibusterismo, tratando de dilatar cada trámite a la espera de la reacción del Gobierno central.

Acción contra la desobediencia

Todo lo anterior sería una respuesta judicial pero todavía no penal. El ministerio fiscal está decidido a actuar con toda la contundencia contra cualquier acción de desobediencia del Govern. A la vista de los antecedentes, podría actuar contra la convocatoria del referéndum incluso si el Ejecutivo catalán logra su objetivo de convocar el 1-O antes de que el Constitucional suspenda la ley o su administración a trámite.

El Govern, por su parte, considera que el referéndum es legal de acuerdo a la legalidad internacional y, de cualquier forma, aduce a que está despenalizado según el derecho español, que sacó el delito de convocatoria de referéndum del Código Penal en 2005.

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