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Los independentistas planean un proceso exprés para aprobar las leyes de ruptura la semana que viene

Los diputados independentistas que presentaron la ley de Transitoriedad, en el Parlament

Arturo Puente

Los grupos independentistas buscan desde hace meses la grieta jurídica con la que convocar el referéndum de manera formalmente legal, para lo que necesitarían tener la ley del Referéndum aprobada y en vigor. Sin embargo, el Tribunal Constitucional está preparado para no dar el mínimo margen y tumbar la ley antes incluso de que sea votada, según sea admitida a trámite por la Mesa del Parlament.

Por ello, según explican fuentes de ambos grupos, JxSí y la CUP planean llevar a cabo un proceso exprés para la convocatoria del referéndum, que consistiría en introducir en el orden del día del pleno de la semana que viene la votación de la ley del Referéndum, una vez éste haya comenzado. Para hacerlo se valdrían del artículo 81.3 del reglamento del Parlament, que permite esta maniobra.

Una vez aprobada la ley del referéndum, se publicaría una edición extraordinaria del Diario Oficial de la Generalitat (DOGC), por lo que la norma entraría en vigor. Inmediatamente después, el president firmaría el decreto de convocatoria del referéndum, que volvería a incluirse en un nuevo DOGC. Las fuentes consultadas por este diario no descartan que, junto a la ley del Referéndum, se vote también la de Transitoriedad Jurídica.

Sobre la posibilidad de que los grupos introduzcan enmiendas a la ley, algo que ha sido reclamado por el diputado de Podem Joan Giner para dar un voto favorable, fuentes de los independentistas explican que la idea es abrir un periodo de una hora para permitir la presentación de modificaciones. Este miércoles los grupos de la CUP y los diputados de Podem de Catalunya Sí que es Pot han mantenido conversaciones sobre estas posibles enmiendas a la ley del referéndum.

Respuesta automática del TC

Con la vía del 81.3, el Parlament maximizaría las opciones de dar esquinazo a la suspensión del Constitucional, ya que este tribunal necesita de más trámites para firmar una suspensión, comenzando por el requerimiento del Gobierno. Con todo, el Alto Tribunal tiene convocada una sesión plenaria para los próximos días 5, 6 y 7 de septiembre, coincidiendo con el pleno del Parlament, por lo que la maniobra independentista podría encontrar una respuesta automática.

Este miércoles la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría ha asegurado que la respuesta a cualquier paso del Parlament en este sentido será “inmediata”, mostrándose tranquila por si la suspensión del Constitucional llega “el mismo día o al día siguiente”. Además ha asegurado que el Gobierno tiene preparado desde hace semanas el recurso contra las leyes de ruptura catalanas, tanto si lo hacen vía decreto como por la vía del 81.3.

Antes de la opción parlamentaria exprés, los independentistas habían barajado otras vías con las que aprobar la ley que debe amparar el referéndum. Una de ellas, que fuera el Govern quien aprobara las normas de ruptura vía decreto, opción que no fue descartada por el Ejecutivo en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consell Executiu de este martes. Con esta fórmula el regate al Constitucional se daba por hecho, pero en contrapartida se elimina la votación en el Parlament, un símbolo que para los grupos independentistas era crucial.

La legalidad de la vía del 81.3

Todo este proceso parlamentario exprés está diseñado para poder convocar el referéndum en términos de legalidad formal. Tal y como se plantea, si el Constitucional no llega a tiempo, el Parlament podría conseguirlo, como ya ocurriera con la convocatoria del proceso participativo del 9-N, que se firmó al día siguiente de la aprobación de la ley de Consultas y se promulgó mediante una edición especial del DOGC. El Constitucional tardó dos días en anular tanto la ley como la convocatoria.

Pese a esto, hay dudas de que el procedimiento planeado cumpla con todos los requisitos legales. El artículo 81.3 del reglamento del Parlament permite incluir asuntos en el orden del día si así lo acuerda la mayoría de diputados durante la celebración del pleno. Sin embargo, el Consejo de Garantías Estatutarias dejó sentado a petición del PSC que esto debía hacerse con dos requisitos: la presentación de enmiendas y el sometimiento a las garantías de control, citando de forma expresa la petición de un dictamen al Consejo de Garantías.

Respecto a la presentación de enmiendas, los diputados independentistas interpretan que se respetaría dejando un plazo en el mismo pleno, como se ha hecho en otras ocasiones. Más difícil tienen permitir que los diputados reclamen un dictamen al Consejo de Garantías, puesto que aplazaría todo el proceso durante días. Por su parte, toda la oposición reclamó este miércoles por escrito un informe jurídico a los letrados sobre las dos leyes.

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