La Audiencia de Valencia descarta la recusación contra la jueza de la dana impulsada por el 'youtuber' conspiranoico

Lucas Marco

València —

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La Audiencia de Valencia ha desestimado el recurso de queja de Rubén Gisbert, abogado y 'youtuber' conspiracionista que ejerce una de las acusaciones particulares en la causa de la dana, contra la decisión de la jueza instructora —en un auto firme— de rechazar el incidente de recusación impulsado por el letrado, que también solicitaba la nulidad de las actuaciones. Todos los frentes de Gisbert contra la instructora han fracasado tras la decisión del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ-CV) de dar carpetazo a su querella contra la jueza y su marido, el también magistrado Jorge Martínez Ribera.

A pesar de que el auto de la instructora era firme, el letrado planteó un recurso de reforma y subsidiario de apelación solicitando que se dejara sin efecto la resolución. Por su parte, la magistrada acordó en una providencia del pasado 9 de marzo inadmitir a trámite el recurso al auto, que era firme. Por ello, Gisbert interpuso un recurso de queja.

El hecho de haber desestimado el recurso en una providencia no ha provocado indefensión alguna, concluye la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia.

“Visto el escrito de recusación, la decisión de la instructora no es arbitraria”, concluye ahora la Audiencia, que indica que no concurren las causas de recusación previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) aducidas por los recurrentes. La Fiscalía, en vía de informe, también se había opuesto a la estimación de la queja.

“Resulta trascendente que, en ninguno de los casos que se plantean en el escrito de recusación, se justifica haberla presentado dentro de los plazos establecidos en el artículo 223 de la LOPJ [Ley Orgánica del Poder Judicial]”, agrega el auto de la Audiencia de Valencia.

“El planteamiento extemporáneo de la recusación es, como hemos visto, una de las causas ad limine [desde el principio]. Por todo ello, se desestima el recurso de queja”, añaden los magistrados en su resolución, contra la que no cabe recurso alguno.

El letrado, despedido como colaborador del programa de Iker Jiménez, ha destacado en el procedimiento por sonadas polémicas como insultar en redes sociales a una de las principales testigos del procedimiento o tildar en su canal de Youtube de “delincuente” a la propia jueza instructora.