El Gobierno exime del IRPF las donaciones de ONG a los afectados por la dana como pidieron los movimientos sociales
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un Real Decreto-ley con nuevas exenciones fiscales que incluye facilidades para los afectados por la dana de octubre de 2024. El decreto habilita un compartimento específico dentro del mecanismo extraordinario de financiación de las Comunidades Autónomas para gastos vinculados a la dana y otras catástrofes naturales. También establece que las ayudas que organizaciones como Cáritas y otras ONG dieron a afectados por la DANA están exentas en el IRPF, una de las reclamaciones de los colectivos sociales y de los partidos políticos con representación en las Corts Valencianes.
El texto aprobado este martes incluye varias medidas que perseveran en las ayudas aprobadas por la dana de Valencia entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. En este sentido, se incluye una habilitación para establecer para el año 2026 una línea específica dentro de los Mecanismos Extraordinarios de Financiación para gastos vinculados a la dana.
Esta medida, que permitirá financiar unos 1.300 millones este año para la Comunitat Valenciana, ya se incluyó en un Real-Decreto Ley aprobado en diciembre, pero fue rechazado en el Congreso de los Diputadoss con el voto en contra del PP y Vox. La medida se recupera en este nuevo real decreto y el ministro de Hacienda, el valenciano Arcadi España, ha pedido sensibilidad a los grupos parlamentarios para que esta vez sí pueda salir adelante. De hecho, esta línea de financiación ya se habilitó en los años 2024 y 2025, cuando se asignaron 3.064 millones a la Comunitat Valenciana, que utilizó 1.600 millones, señalan desde el ministerio.
En la misma línea, la norma aprobada este martes contempla que Extremadura pueda recibir recursos con cargo a los mecanismos extraordinarios de financiación para hacer frente a gastos derivados de las inundaciones que ha sufrido recientemente.
Atendiendo también a la petición de los ayuntamientos, el Ministerio de Hacienda establece que los gastos derivados de la dana no se contabilizarán a efectos del cumplimiento de las reglas fiscales. Es decir, esos gastos no computarán en lo establecido por la Ley de Estabilidad, ni se exigirá a esos ayuntamientos la elaboración de planes económico-financieros.
Exenciones en IRPF
El Real Decreto-ley declara exentas de tributación en el IRPF las donaciones efectuadas por las entidades sin ánimo de lucro a personas físicas afectadas por la DANA como, por ejemplo, las de Cáritas. El objetivo de esta medida es equiparar el tratamiento tributario de estas donaciones respecto al de las ayudas concedidas por las empresas a sus trabajadores y familiares afectados por esta catástrofe, que ya estaban exentas.
En la misma línea, el Real Decreto-ley confirma que las ayudas para los afectados de la dana que dio la Generalitat Valenciana están exentas de tributación en el IRPF, una medida que ya se incluyó en el Real Decreto-ley que no fue convalidado el pasado mes de enero. Aun así, por vía interpretativa, la Agencia Tributaria aclaró que estas ayudas no tributaban en la Campaña de la Renta 2025 que está actualmente en vigor. El Real Decreto-ley refuerza la seguridad jurídica y garantiza que esa exención se mantendrá también para el año 2026.
El Ministerio de Hacienda recupera también la exención en el IRPF de las ayudas percibidas por daños personales como consecuencia de los graves incendios forestales que devastaron amplias zonas del país el pasado verano, una medida que también decayó en el Congreso de los Diputados.