Opinión y blogs

Sobre este blog

La portada de mañana
Acceder
Feijóo intenta ensuciar la imagen internacional del país y Sánchez refuerza relaciones
Crónica - 'Gibraltar, sin Verja: el día que la frontera se convirtió en calle'
Opinión - 'El magistrado Marchena y el hermano del presidente', por J. Pérez Royo

El magistrado Marchena y el hermano del presidente

15 de julio de 2026 21:29 h

0

Hace unos días el magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS), Manuel Marchena, en una conferencia dictada en la Universidad CEU San Pablo en El Escorial, calificó de “tragedia” la desconfianza que los ciudadanos manifiestan en las encuestas sobre la justicia. Una sociedad, concluyó, no puede sobrevivir sin confiar en la justicia.

La sociedad contemporánea, que descansa en el principio de igualdad como técnica de gestión de las diferencias personales, es una cadena ininterrumpida de relaciones jurídicas. Con base en el principio de igualdad todas las relaciones entre los seres humanos son relaciones jurídicas. Entre individuos jurídicamente iguales y, como consecuencia de ello, libres, no hay más forma de relación que el acuerdo de voluntades, el pacto, el contrato.

En la inmensa mayoría, por no decir en la casi totalidad de esas relaciones entre los seres humanos, no se produce ningún conflicto. Las voluntades individuales que entran en contacto en una relación, que no puede no ser jurídica, se mantienen dentro de los límites establecidos por la voluntad general, es decir, por la ley. Posiblemente, no llega ni al 1% las conductas que se desvían de lo que la voluntad general establece para cada relación jurídica en cualquier esfera de la convivencia.

Ocurre, sin embargo, que ese 1% o algo menos son millones de casos. Con un sistema de administración de justicia fiable esa desviación del 1% es manejable. Pero si ese sistema de administración de justicia no es fiable, el 1% se multiplica de tal manera que la convivencia pacífica resulta imposible. La deriva hacia la anomia resulta irresistible.

Las sociedades democráticamente constituidas son posibles porque los ciudadanos, en primer lugar, cumplimos voluntariamente la casi totalidad de las normas que integran el ordenamiento jurídico y, en segundo lugar, porque los conflictos que se producen, cuando hay una desviación de la norma, son resueltos por jueces y magistrados independientes e imparciales únicamente sometidos al imperio de la ley.

La confianza ciudadana en la administración de justicia es, por tanto, una condición sine qua non para la democracia como forma política. Esto es algo que no puede ser siquiera sometido a discusión.

Ahora bien, la confianza ciudadana exige que los jueces y magistrados que integran el poder judicial acrediten en el ejercicio de la función jurisdiccional que su conducta se adecúa a los principios constitucionales que deben presidir dicho ejercicio. Son los que figuran en el artículo 117.1 de la Constitución.

Cuando esto ocurre, no suele haber desconfianza. Cuando no es así, la desconfianza se impone. Esto es lo que indican las encuestas. Los ciudadanos no tienen confianza por igual en todo el sistema de administración de justicia, sino que tienen mucha confianza en alguna parte, una confianza razonable en otra y poca o casi ninguna en otra.

El problema radica en qué la parte en la que no tienen confianza está en la cúspide del sistema de administración de justicia e incide de manera muy notable en el funcionamiento del sistema político de la democracia. La sospecha de que hay jueces y magistrados en los más altos órganos jurisdiccionales que tienen una agenda política propia que confluye con la de determinadas opciones políticas, es lo que resulta insoportable.

Y es lo que está ocurriendo en esta legislatura con cada vez mayor intensidad. Una vez que conocido el resultado electoral el 23 de julio de 2023 y que la investidura del presidente del Gobierno requería inexcusablemente los escaños de Junts, se hizo patente que se produciría la aprobación de una ley de amnistía. A partir de ese momento, a la guerra de guerrillas parlamentaria que iniciaron PP y Vox antes incluso de la investidura se anudó una guerra de guerrillas judicial, con la finalidad de derribar al Gobierno presidido por Pedro Sánchez.

La legislatura en su totalidad ha estado presidida por esa combinación de la agenda política de las derechas en las Cortes Generales y en los Parlamentos de diversas comunidades autónomas con la agenda judicial de jueces y magistrados del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional, de diversos tribunales de justicia de las comunidades e incluso con los consejeros del Tribunal de Cuentas.

La novedad en esta legislatura de la combinación de la agenda política con la judicial en la operación de acoso y derribo al Gobierno, ha sido, además, la extensión del acoso a la familia del presidente del Gobierno.

En este 14 de julio se ha hecho pública la sentencia que condena al hermano del presidente del Gobierno por un delito de prevaricación administrativa por presentarse a un concurso para la provisión de una plaza de coordinador de los distintos conservatorios en la Diputación Provincial de Badajoz. ¿Puede el ejercicio del derecho reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución convertirse en un delito de prevaricación administrativa? ¿Hubiera sido procesado y condenado David Sánchez si no hubiera sido hermano del presidente?

Las preguntas se responden por sí mismas. ¿Hay alguien que pueda tener confianza en unos jueces que dictan la sentencia que han dictado en la Audiencia Provincial de Badajoz contra David Sánchez?