Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
El PSOE convierte su Comité Federal en un acto de aclamación a Pedro Sánchez
Las generaciones sin 'colchón' inmobiliario ni ahorros
Opinión - El extraño regreso de unas manos muy sucias. Por Pere Rusiñol
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia EFE

Esta información es un teletipo de la Agencia EFE y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

La Audiencia Nacional duda de la constitucionalidad de la supresión de la paga extra de los funcionarios

La Audiencia Nacional duda de la constitucionalidad de la supresión de la paga extra de los funcionarios

EFE

Madrid —

0

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional duda de la constitucionalidad de la supresión de la paga extra de los funcionarios acordada por el Gobierno y, por ello, ha acordado preguntar a las partes y a la Fiscalía si procede plantear una cuestión de inconstitucionalidad sobre esta medida.

En una providencia en respuesta a un recurso planteado por los sindicatos de trabajadores de la Compañía Española de Tabaco (CETARSA), la sala entiende, siguiendo la doctrina del Tribunal Supremo, que las gratificaciones extraordinarias constituyen una manifestación del salario diferido y se devengan día a día, por lo que el Gobierno no podría suprimir la paga completa en julio con efectos retroactivos a todo el año.

Los magistrados dudan de la constitucionalidad, en concreto, del artículo 2 del real decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, sobre medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, que establece la deducción de retribuciones en las cuantías que correspondía percibir el pasado mes de diciembre como consecuencia de la eliminación de la paga extra de Navidad.

“En la medida en que la norma suprime el derecho de los trabajadores a percibir cuantías ya devengadas, expresamos nuestras dudas sobre su ajuste constitucional”, recalcan los magistrados.

Y ello porque el precepto elimina la paga extraordinaria “sin excepción alguna respecto de la parte que ya se hubiera devengado a la fecha de su entrada en vigor, el 15 de julio de 2012”, lo cual podría vulnerar, a su juicio, el artículo 9.3 de la Constitución, que garantiza la irretroactividad de las disposiciones restrictivas de derechos individuales.

Ante estas dudas, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha acordado por unanimidad preguntar a las partes personadas y a la Fiscalía para que respondan, en el plazo de diez días, si procede plantear una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.

Etiquetas
stats