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Cuatro exsocios de PwC pactan con Fiscalía pagar 38 millones para zanjar un proceso por delito fiscal

Los exsocios han llegado a un pacto con Fiscalía.

EUROPA PRESS

MADRID —

Cuatro exsocios de PwC han pactado con la Fiscalía Anticorrupción la aceptación de una condena de entre 3 y 6 meses, que será sustituida por una multa, y el pago de 38 millones de euros por un delito fiscal cometido a raíz de la venta del negocio de consultoría de sistemas de la firma a IBM en el año 2002. Se trata de Miguel Fernánez de Pinedo, de 72 años, César Rodríguez (66 años), Miguel Cruz (68 años) y José María Tajadura (68 años).

La sentencia de conformidad, firmada por el juez central de lo Penal, José María Vázquel Honrubia, absuelve de todos los cargos a 40 exsocios y a un socio imputado en el proceso. La sentencia pone fin a un proceso que se inició hace ocho años y cuyo juicio se aplazó en abril de 2015, cuando el Ministerio Público retiró las acusaciones contra 12 exsocios y rebajó la cuota tributaria que reclamaba a otros 22.

Los cuatro exsocios, que dejaron de serlo hace más de ocho años, han sostenido durante todo este tiempo que la operación fue totalmente transparente y ajustada a Derecho y que tributaron correctamente por ella.

Creen también que, en el peor de los casos, este asunto nunca debería haberse llevado a juicio y debería haberse tramitado por la vía administrativa, ya que se trataba de una discrepancia técnica sobre la forma de tributar y todos los hechos imputados fueron comunicados a las autoridades tributarias sin que ninguna de ellas pusiera objeción alguna. Sin embargo, consideran que mantener abierto el proceso judicial durante más años es perjudicial para ellos y para la imagen de la firma de la que fueron socios.

El caso se remonta al año 2002, cuando PwC vendió su división de consultoría de sistemas en todo el mundo a IBM. En 2008, la Fiscalía Anticorrupción acusó a varios exsocios de la PwC España de haber realizado un proceso de reestructuración ficticio para acogerse a las ventajas fiscales contempladas en el Régimen Especial Fiscal del Impuesto sobre Sociedades para este tipo de operaciones.

La Fiscalía les acusó también de que una parte del importe de la venta, 21 millones de euros, que los socios habían recibido por adelantado, debería haberse declarado como rendimientos del trabajo y no como incremento de patrimonio. Finalmente, la sentencia reconoce que fueron rendimientos del trabajo irregulares.

Los exsocios de PwC afirmaron que la reestructuración fue una operación real, efectiva y transparente, que cumplió con todas las exigencias legales, y que fue comunicada a las autoridades fiscales sin que ninguna de ellas pusiera reparos. Esa estructura es la que está vigente actualmente. Los exsocios también afirmaron que letrados, expertos independientes y académicos del máximo prestigio respaldaron que la reestructuración se llevó a cabo de forma totalmente correcta.

En cuanto a la segunda acusación, los exsocios señalaron que el pago estaba vinculado a la segregación de la práctica de consultoría de sistemas y su posterior venta a IBM y, como tal, los importes recibidos por los exsocios se declararon y tributaron como incremento de patrimonio y no como rendimientos del trabajo, ya que no estaban relacionados con los servicios laborales prestados.

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