Condenadas las contratas de limpieza de los hospitales de Mérida y Tierra de Barros por quitar los descansos a su plantilla
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha ratificado la condena a las empresas ISS Facility Services y Gelim Extremadura, encargadas del servicio de limpieza en los hospitales de Mérida y Tierra de Barros, por vulnerar de forma continuada el derecho a los descansos diarios y semanales de sus empleadas.
La resolución desestima el recurso presentado por las contratas y confirma íntegramente la sentencia dictada previamente en marzo de 2026 por el Tribunal de Instancia de Badajoz.
Como consecuencia de este fallo, las empresas deberán abonar una compensación económica de 1.500 euros a cada una de las 29 trabajadoras representadas en la demanda promovida por CCOO del Hábitat de Extremadura, con el objetivo de resarcir los perjuicios ocasionados por la privación de sus derechos laborales.
Solapamiento de turnos e indemnización
El procedimiento del conflicto colectivo se originó tras constatar que la gestión de turnos aplicada por las adjudicatarias provocaba un solapamiento sistemático entre el descanso diario y el semanal. Esta práctica neutralizaba el disfrute real y efectivo del día y medio de libranza continuada fijado por la ley y el convenio colectivo de la actividad.
El alto tribunal extremeño ha rechazado los argumentos de las contratas, que cuestionaban el procedimiento colectivo y la cuantía indemnizatoria. Para fijar el importe de 1.500 euros por empleada, los magistrados han tomado como referencia los criterios de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), situando la sanción en el grado máximo del tramo de infracciones graves.
La resolución exige además a las empresas adaptar y redistribuir de inmediato la jornada de la plantilla para garantizar el cumplimiento estricto de los descansos legales.