Ratificada en Cáceres la condena de ocho meses de prisión a un hombre que amenazó a su expareja por WhatsApp
La Audiencia Provincial de Cáceres ha confirmado la condena a ocho meses de prisión a un hombre por quebrantar una medida cautelar de alejamiento al enviar un mensaje amenazante por WhatsApp a su expareja.
La Sección Segunda ha desestimado en una sentencia el recurso presentado por la defensa del condenado y ratifica íntegramente el fallo del Juzgado de lo Penal número 2 de Plasencia (Cáceres).
Los hechos se remontan al 17 de septiembre de 2025, cuando el acusado, sobre el que pesaba una prohibición de aproximarse o comunicarse con su expareja a menos de 300 metros, envió un mensaje desde el teléfono de un tercero en el que amenazaba a la mujer.
El tribunal considera acreditado que el acusado utilizó el móvil de un amigo para mandar el mensaje, pese a negar los hechos durante el juicio.
La sala entiende que la declaración de la víctima, corroborada por testigos y otros indicios, constituye prueba suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia.
La Audiencia recuerda además que el delito de quebrantamiento de medida cautelar se produce cuando el acusado conoce la vigencia de la prohibición y la vulnera mediante cualquier forma de comunicación con la víctima.
Con esta resolución, el tribunal confirma la pena de ocho meses de prisión y condena al recurrente a pagar también las costas del recurso.