“Tu escapada soñada” en el mar por 34.000 euros: el ‘Airbnb náutico’ se apodera de las calas de Balears pese al refuerzo de las inspecciones
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“Tu escapada soñada comienza a bordo del Catamarán Helia 44. Descubre Ibiza y Formentera desde Santa Pola, explora calas inaccesibles por tierra y conquista la magia de nuestras islas”, describe un anuncio en Airbnb. En él aparece un yate de lujo con tres dormitorios y tripulación incluida para fondear en calas inaccesibles por más de 34.000 euros al mes. No tiene reseñas. Tampoco licencia turística. Es solo un ejemplo de un negocio en expansión que el Govern balear intenta frenar sin éxito y que ni siquiera el refuerzo de las inspecciones ha logrado contener.
“Balears arrastra desde hace años una sobredemanda de chárter náutico y un elevado nivel de intrusismo”. Son palabras de Eva Cokes, propietaria de una empresa familiar de chárter en Sant Antoni de Portmany (Eivissa). La profesional de la industria náutica asegura que abundan los anuncios en las páginas web de embarcaciones que operan sin licencia “para actuar con fines lucrativos o con bandera extranjera”. Ahora, el Ejecutivo balear ha abierto dos diligencias previas contra Mcontra Lista Séptima (unión de un grupo de empresas de los sectores náutico, legal, digital y turístico) y otra contra Airbnb por el alquiler irregular de yates y barcos, como avanzó UH y han confirmado a elDiario.es fuentes del Govern.
Para entender el conflicto hay que a 2025, cuando el Gobierno central modificó, a instancias de la Marina Mercante, el Reglamento de Ordenación de la Navegación Marítima para permitir que embarcaciones de uso privado operen con fines lucrativos hasta tres meses al año. La medida se pensó para zonas con escasa actividad de chárter, como Galicia, donde no resulta viable crear empresas específicas para unas pocas salidas.
Apenas unas semanas después, el Ejecutivo balear aprobó un decreto que, en la práctica, impide que el ‘Airbnb náutico’ opere en Balears. La norma prohíbe que los amarres concedidos para uso particular en los puertos de gestión autonómica puedan dedicarse al alquiler turístico mediante el cambio temporal de uso, actividad para la que exige expresamente su inscripción en la denominada Lista Sexta –categoría del Registro de Buques y Empresas Navieras reservada a las embarcaciones de recreo con fines lucrativos–.
En 2025, el Gobierno modificó el Reglamento de Ordenación de la Navegación Marítima para permitir que embarcaciones de uso privado operen con fines lucrativos hasta tres meses al año. Apenas unas semanas después, el Ejecutivo balear aprobó un decreto que, en la práctica, impide que el ‘Airbnb náutico’ opere en las islas
“Locales de moda y restaurantes”
Mientras el conflicto regulatorio se enquista, el viaje a bordo del Helia 44 promete visitas a “locales de moda, restaurantes y zonas históricas” junto a una “tripulación experimentada”. “Además, podrás disfrutar de nuestras áreas comunes, incluyendo un espacioso salón y una cocina completamente equipada”, señala el servicio. El exterior cuenta con “tres terrazas con cómodas camas para tomar el sol y relajarte tanto en la proa como en la popa y en la cubierta superior”. El precio para alquilarlo un mes entero en julio o agosto cuesta 34.024 euros. El yate cuenta con tres dormitorios, seis camas y tres baños, barbacoa y zonas de descanso. Pero no dispone de reseñas en la plataforma digital.
Mientras el conflicto regulatorio se enquista, el viaje a bordo del Helia 44 promete visitas a "locales de moda, restaurantes y zonas históricas" junto a una “tripulación experimentada”. “Además, podrás disfrutar de nuestras áreas comunes, incluyendo un espacioso salón y una cocina completamente equipada”, señala el servicio
Un anuncio similar en la misma plataforma ofrece un camarote doble en un yate con baño privado. Julio y agosto ya tienen las reservas casi al completo. El precio supera los 5.000 euros al mes, que es el tiempo mínimo que se puede alquilar este barco, anclado en el municipio menorquín de Ferreries, en Cala Galdana (Menorca). “Para subir y bajar del barco, te llevamos en nuestro bote a la playa o al muelle de botes cerca de Passatge Riu. Puedes saltar del barco para nadar en cualquier momento y disfrutar de las puestas de sol desde la cubierta de Arrow”, detalla el servicio. El yate cuenta con cuatro camarotes con ducha y baño en suite, mientras que la cabina y el salón se comparten con la tripulación y otros clientes, igual que los espacios de la cubierta. Sin embargo, el servicio ofrece espacio tanto en los armarios como en la nevera para cada cliente, según el anuncio. Este diario no ha encontrado anuncios similares en la web de Lista Séptima.
El embrollo legal
El reglamento aprobado el año pasado por la Conselleria del Mar y del Ciclo del Agua –Decreto 44/2025, de 1 de agosto, por el cual se regula la actividad de alquiler de embarcaciones y buques de recreo– fue recurrido mediante un recurso contencioso-administrativo por la Asociación de Propietarios de Embarcaciones de Lista Séptima. El objetivo es mantener la posibilidad de operar durante unos meses al año sin cambiar definitivamente de lista, amparándose en la reforma estatal que permite a las embarcaciones de recreo llevar a cabo actividades comerciales durante un máximo de tres meses. Lista Séptima agrupa a propietarios de embarcaciones de recreo de uso privado, es decir, barcos que están pensados para uso particular y no para uso comercial.
El Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears (TSJIB), sin embargo, ha desestimado –en forma, no en fondo– el recurso mediante un auto en el que recuerda que la Sala, en octubre, ya había rechazado una petición similar por parte de otra asociación. En su resolución, a la que tuvo acceso este diario, el tribunal vuelve a poner el foco en el “potente interés público” de la normativa autonómica y rechaza suspenderla provisionalmente: por un lado, porque para conceder la cautelar debería apreciarse previamente la nulidad del decreto, y por otro, porque los actos impugnados “son idénticos a otros que ya fueron jurisdiccionalmente anulados”.
El reglamento aprobado el año pasado por el Govern fue recurrido por la Asociación de Propietarios de Embarcaciones de Lista Séptima. Su objetivo es mantener la posibilidad de operar durante unos meses al año sin cambiar definitivamente de lista, amparándose en la reforma estatal
El alto tribunal autonómico argumenta que los posibles perjuicios derivados de aplicar el decreto balear serían únicamente económicos y, por tanto, “resarcibles”, además de “insuficientes” para contrarrestar el interés general “ligado a la inmediata ejecución de cualquier disposición de carácter general”. En este contexto, las ofertas consultadas a través de la plataforma global con sede en San Francisco se sitúan en el centro de un conflicto normativo todavía sin resolver.
El resultado es un escenario de inseguridad jurídica: mientras el Govern intenta cerrar la puerta al llamado “Airbnb náutico”, la normativa estatal sigue abriendo esa posibilidad. En medio, las ofertas activas en plataformas digitales continúan operando en una zona gris aún sin resolver.
La versión de Lista Séptima
Fuentes de Lista Séptima -la unión del grupo de empresas de los sectores náutico, legal, digital y turístico contra la que el Govern ha abierto dos diligencias basándose en el decreto autonómico- defienden que la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM), que es la autoridad competente en materia marítima en todo el territorio español, autoriza explícitamente el alquiler de embarcaciones particulares en toda la costa española.
En respuesta a la consulta de este diario, señalan que es “importante precisar que el decreto del Govern balear cuenta ya con cinco recursos contencioso-administrativos en su contra, al entrar en conflicto directo con la normativa estatal aprobada y en vigor”. La asociación de empresas del sector náutico afirma que la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM) es “la autoridad competente en materia marítima en todo el territorio español” y que es este el organismo que “autoriza explícitamente el alquiler de embarcaciones particulares en toda la costa española”.
Por tanto, si bien Lista Séptima reconoce que el Govern ha abierto dos diligencias en su contra basándose en el Decreto 44/2025, sostiene que el Ejecutivo balear “carece de competencias para invalidar una norma de rango estatal”. De hecho, tras más de un año intentando restringir esta actividad en las islas sin éxito, la propia DGMM “ha declinado avalar la posición del Govern balear, confirmando que se trata de una invasión de competencias estatales”.
La unión de empresas del sector náutico opina que la normativa estatal es “muy beneficiosa para todos los intereses implicados” porque eliminará por completo “el alquiler irregular de embarcaciones de Lista 7ª, muy extendido actualmente y desde hace muchos años en todas las islas del archipiélago balear”. Por otro lado, señalan que abre una vía “a los propietarios de pequeñas embarcaciones privadas para obtener recursos de forma legítima que ayuden a la sostenibilidad, mantenimiento y mejora de sus embarcaciones”. Es un negocio que, asimismo, generará “ingresos públicos adicionales en forma de tasas, autonómicas y estatales, que podrán destinarse a políticas medioambientales de conservación del litoral”, argumenta Lista Séptima.
La unión de empresas del sector náutico señala que la normativa estatal es “muy beneficiosa para todos los intereses implicados” porque eliminará por completo "el alquiler irregular de embarcaciones de Lista 7ª"
En este sentido, afirman que, tras una “fase inicial de ajustes”, en estos momentos funcionan “con absoluta normalidad en todo el litoral”. Así, sostienen que cumplen rigurosamente con la legislación nacional, la cual ampara el arrendamiento “sin excepciones por comunidad autónoma”. Sin embargo, con la finalidad de evitar conflictos administrativos, aclaran que han optado por “no publicar anuncios en puertos de titularidad autonómica en Baleares”. “No obstante, seguimos operando con total legalidad y bajo el amparo de la DGMM en los puertos de interés general (estatales), tales como Palma, Alcudia, Mahón, Ibiza y el Puerto de la Savina y en los puertos privados que permiten la actividad”, aseguran.
El choque entre la normativa estatal y la autonómica mantiene, por ahora, en una zona gris un negocio en expansión en el litoral balear. Mientras el Govern trata de limitar su actividad, parte del sector sostiene que no tiene competencias para hacerlo. El conflicto se produce en un contexto en el que la turistificación también se extiende al mar.