Amigos de la Tierra se opone a proteger la presa de La Retorna y exige su demolición
Amigos de la Tierra La Rioja ha presentado un recurso de alzada contra la Resolución nº 550/2026 del Director General de Cultura del Gobierno de La Rioja, por la que se acuerda continuar la tramitación del expediente para declarar Bien de Interés Cultural (BIC), con la categoría de monumento de ingeniería, el aprovechamiento hidroeléctrico del salto de La Retorna, situado en el río Najerilla. La declaración de BIC fue promovida por los tres municipios en los que se ubica la central, Anguiano, Brieva de Cameros y Ventrosa de la Sierra, gobernados por PSOE y PP, que iniciarion la campaña 'Salvemos La Retorna' con recogida de firmas para evitar su demolición e incluso impulsar su continuidad.
Sin embargo, Amigos de la Tierra en La Rioja considera que la resolución de BIC “incurre en graves vicios de nulidad”, por lo que solicita que se deje sin efecto de forma inmediata o, subsidiariamente, que se incoe su revisión de oficio.
Amigos de la Tierra La Rioja sostiene que la presa se encuentra en el dominio público hidráulico estatal, al formar parte de la demarcación hidrográfica intercomunitaria del Ebro, cuya gestión corresponde a la Administración General del Estado. Una vez extinguida la concesión hidroeléctrica, la instalación revierte gratuitamente al Estado. Por ello, la organización entiende que el Gobierno de La Rioja y los ayuntamientos afectados carecen de competencia para otorgarle protección cultural mediante una declaración de BIC.
El recurso se fundamenta, entre otros argumentos, en jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional relativa a conflictos competenciales similares, como el caso del azud de Xerta, en el río Ebro, en el que se cuestionó la competencia autonómica para proteger culturalmente una infraestructura integrada en el dominio público hidráulico estatal.
La organización denuncia además que el expediente “carece de una motivación cultural objetiva suficiente” y considera que su tramitación responde, en realidad, a “una reacción frente a la resolución firme de la Confederación Hidrográfica del Ebro que ordena la eliminación de la presa, al tratarse de una infraestructura abandonada y contraria al interés público”.
A juicio de Amigos de la Tierra La Rioja, la retirada de La Retorna constituye una actuación orientada a “recuperar la continuidad fluvial del Najerilla, incluido en la Red Natura 2000, y a avanzar en el cumplimiento de los objetivos de buen estado ecológico establecidos por la Directiva Marco del Agua”. Y consideran que “estos objetivos de restauración ambiental y recuperación de la funcionalidad del río no pueden quedar paralizados mediante una declaración de protección cultural cuya finalidad y fundamento se cuestionan”.
Amigos de la Tierra La Rioja recuerda además otros casos en los que la protección cultural de infraestructuras hidráulicas ha sido utilizada para intentar impedir la eliminación de obstáculos fluviales, como las presas de Txokoto, en Navarra, y Los Toranes, en Teruel, cuyos respectivos expedientes terminaron archivándose. Asimismo, el recurso incorpora referencias a jurisprudencia penal relativa a la responsabilidad que puede derivarse de la utilización de las potestades públicas para fines distintos de aquellos para los que fueron legalmente atribuidas.
Por todo ello, Amigos de la Tierra La Rioja solicita que se deje sin efecto la Resolución nº 550/2026 o, subsidiariamente, que se incoe el correspondiente procedimiento de revisión de oficio. También reclama que se le reconozca como parte interesada en el expediente, con notificación de todos los trámites que se produzcan, y que se identifique al personal que haya intervenido en su tramitación.
Amigos de la Tierra La Rioja reitera su defensa de la restauración ecológica del río Najerilla y considera que “la eliminación de infraestructuras hidráulicas abandonadas que carecen de utilidad actual constituye una herramienta fundamental para recuperar la conectividad de los ecosistemas fluviales y avanzar en el cumplimiento de los objetivos ambientales establecidos por la normativa europea y estatal”.
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