La Justicia eleva a 975.000 euros la indemnización para una de las niñas intercambiadas al nacer en Logroño de 2002

Archivo - Bebé recién nacido en una incubadora en el Hospital San Pedro de Logroño

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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha dictado sentencia por la que estima parcialmente el recurso presentado por una de las niñas intercambiadas en el Hospital San Millán en junio de 2002. 

La sentencia revoca el acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de octubre de 2022 en el que se reconocía una indemnización de 850.000 euros y eleva la cuantía a 975.000 euros. La recurrente reclamaba 3.005.060 euros.

La Sala asume el criterio de la Administración recogido en la resolución recurrida para fijar la indemnización inicial. Estos son, el daño moral ocasionado a la menor por el tiempo transcurrido sin convivir con la familia biológica y el daño sufrido al conocer el error de filiación.

Sin embargo, el Tribunal estima que concurren circunstancias adicionales que justifican elevar la cuantía de la indemnización en 125.000 euros más. 

Subraya en su sentencia que la muerte de la madre biológica antes de que la recurrente conociera su verdadera filiación hizo imposible cualquier posibilidad de restablecer el vínculo materno. Además, tiene en cuenta también la situación de desamparo declarada cuando era menor, siendo su abuela materna quien se ocupó de ella en régimen de acogimiento. Todo ello ha supuesto un daño moral mayor que el reconocido en la resolución de la Administración, según la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJR.

Los Magistrados estiman que estos dos aspectos que no fueron tomados en consideración son “relevantes para la cuantificación del daño moral” y condenan solidariamente a la Comunidad Autónoma y a su aseguradora al abono de otros 125.000 euros más como indemnización.

En la Sentencia queda acreditado que, tras el nacimiento de dos niñas en junio de 2002, se produjo un intercambio en la Unidad Neonatal del Hospital San Millán, por lo que cada niña fue entregada a una familia distinta de la biológica. Esta situación se prolongó hasta el año 2021 en el que por resolución judicial se determinó la verdadera filiación de cada una de las dos niñas.

Esta sentencia no es firme y cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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