La libertad vigilada no será retroactiva y el registro de pederastas se creará de inmediato

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El ministro del interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, ha asegurado que el Registro de pederastia se pondrá en marcha “inmediatamente” con acceso “básicamente” para la Guardia Civil y la Policía.

Al mismo tiempo, Rubalcaba ha subrayado que la reforma del Código Penal, que permitirá imponer medidas de libertad vigilada a delincuentes reincidentes, no tendrá carácter retroactivo y sólo se aplicará en los primeros juicios tras la modificación del Código Penal.

En declaraciones a la prensa tras participar en la V Conferencia de Embajadores, en la sede de la Agencia Española de Cooperación Internacional y Desarrollo en Madrid, el titular de Interior afirmó que “conviene aclarar que la modificación del Código Penal no será retroactiva” y por tanto sólo se aplicará una vez aprobada en el Parlamento. Rubalcaba hizo un llamamiento para no crear “confusión”.

Rubalcaba explicó que el objetivo de esta modificación legal es poder imponer la medida de libertad vigilada cuando existan “dudas razonables” de la posibilidad de que un delincuente reincida y señaló que serán los jueces los encargados de dictaminarla. En este sentido, afirmó que “es razonable” que el Estado se “dote de mecanismos” para evitar la reincidencia en delitos “especialmente repulsivos” como la pederastia.

Explicó que el sentido es “evitar” que “haya reincidencia en algunos delitos especialmente graves que generan amplia repulsión social” y avanzó que la reforma del Código Penal será enviada al Parlamento este otoño y que el registro de pederastas se pondrá en marcha “inmediatamente” con acceso “básicamente” para la policía y la Guardia Civil.

Preguntado por la forma en que se impondrá la libertad vigilada afirmó que “hay muchas fórmulas y que su aplicación dependerá en todo caso del juez el delito concreto y el delincuente al que se le vaya a imponer la medida.

Afirmó por último que ya existen mecanismos para evitar la reincidencia, pero que lo que ahora es necesario es “un tipificación penal” que permita al juez imponer la libertad vigilada al condenado tras su salida de prisión.

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