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Torres-Dulce advierte de que España tendrá que asumir el fallo de Estrasburgo sobre la 'doctrina Parot'

Torres-Dulce avisa de que habrá que asumir el fallo de Estrasburgo sobre la doctrina Parot

EP

Madrid —

El fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, ha avisado de que España no podrá ignorar el fallo que adopte el Tribunal Superior de Derechos Humanos (TEDH) sobre la denominada 'doctrina Parot', que además “alcanzará necesariamente un indudable valor interpretativo de nuestro ordenamiento jurídico interno”.

En una entrevista en la revista de la Fundación de Víctimas del Terrorismo, Torres-Dulce explica que el conflicto sobre la doctrina Parot se trata simplemente de una diferencia en la interpretación de las reglas que rigen el cómputo de las penas acumuladas a un mismo preso.

Tras recordar que es un mecanismo avalado por el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, defiende su “solidez técnica”. Y aunque acepta que pueda ser “legítimamente discutida” porque en Derecho “no existen verdades absolutas”, defiende que “ello no compromete ni desdice un ápice su justicia material”.

En caso de un fallo contrario a los intereses de España, el fiscal general reconoce que el país “no puede ignorar” una resolución de Estrasburgo, “sea favorable o adverso a las pretensiones del Gobierno”. Y además, “la doctrina que fije alcanzará necesariamente un indudable valor interpretativo de nuestro ordenamiento jurídico interno”.

En este contexto, Torres-Dulce analiza las últimas decisiones en política penitenciaria y sostiene que la opinión de las víctimas del terrorismo debe ser tenida en cuenta en casos como el del etarra Valentín Lasarte, en el que “el disfrute de los permisos puede llevar a un indeseable acercamiento”.

El juez de Vigilancia Penitencia Jose Luis Castro concedió a Lasarte un segundo permiso de seis días que sin embargo está a la espera de la resolución del recurso puesto por la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que denuncia que los días de su primera salida de prisión los disfrutó “en un lugar muy cercano a sus víctimas”.

“El ordenamiento penitenciario no niega por principio el acceso del condenado por delitos de terrorismo a los beneficios penitenciarios, si bien los condiciona de forma estricta a la desvinculación efectiva de la banda y a la colaboración activa con la justicia para su desarticulación”, estima Torres Dulce. Además, cree que “la opinión de las víctimas también ha de ser tenida en consideración en casos como este en el que el disfrute de los permisos puede llevar a un indeseable acercamiento”.

El fiscal general del Estado hace estas afirmaciones en una entrevista en la que garantiza que la actividad judicial no ha bajado pese al cese de la actividad armada anunciado por la organización terrorista. “Resultaría incomprensible y repudiable un relajamiento de la acción del Estado para conseguir el castigo de los culpables”, asegura.

Pero además, sostiene que desde un punto de vista jurídico este relajamiento sería “imposible” porque los delitos perseguibles de oficio, como lo son las acciones terroristas, deben “indefectiblemente ser examinados en el seno de un proceso penal que ha de agotar todas las víctimas de esclarecimiento”.

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