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La Fiscalía desmonta la defensa del jefe de Antidopaje al considerar “un imperativo legal” expedientar a quien dé positivo

El director de la CELAD, José Luis Terreros, protagoniza un desayuno deportivo de Europa Press en diciembre de 2022

Rafael Méndez

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El todavía director de la Agencia Estatal Comisión Española Lucha Antidopaje en el Deporte (CELAD), José Luis Terreros, ha justificado que no abrió expediente al velocista Patrick Chinedu Ike tras dar positivo por nandrolona en 2019. Sostiene que si lo hubiese expedientado podría haber sido acusado de prevaricación ya que el control se hizo con un solo agente y no dos, como era la práctica entonces. Sin embargo, un escrito de la Fiscalía provincial de Madrid en otro procedimiento y fechado el pasado 23 de noviembre apunta exactamente en la dirección contraria. “Con independencia de si se habían cumplido los requisitos formales en la toma de muestras de orina”, el director de la CELAD “venía obligado por imperativo legal a incoar el expediente sancionador al recibir comunicación del laboratorio sobre la presunta existencia de sustancias de dopaje”.

Este documento añade: “Todo ello, con independencia del número de agentes de control que hubiera en la toma de muestras”. El escrito, al que ha tenido acceso elDiario.es, es relevante porque el propio Consejo Superior de Deportes ha enviado la denuncia interna a la fiscalía y este es de los últimos precedentes. El problema para la cúpula de la CELAD será que hay actuaciones dispares en casos similares.

El pasado 26 de diciembre, elDiario.es revelaba que el velocista Patrick Chinedu Ike dio positivo por nandrolona en un control antidopaje realizado en el campeonato de Catalunya el 14 de julio de 2019. Pero durante más de cuatro años, Terreros no expedientó al deportista y siguió compitiendo con normalidad en España. Ese caso formaba parte de una denuncia que una trabajadora de la CELAD había elevado al Ministerio de Educación y concluyó dos semanas después de la publicación con un duro comunicado de la Agencia Mundial Antidopaje contra la gestión en España y con la propia ministra de Educación, Pilar Alegría, pidiendo a Terreros que deje el cargo.

Tras eso, Terreros se atrincheró en la CELAD y afirma que solo dimitirá tras explicarse. En una serie de entrevistas (entre las que no ha querido incluir a este periódico), ha justificado que estaba atado de manos y que no podía haber sancionado a Chinedu. Aunque el velocista llegó a ser internacional y subcampeón de España de 100 metros lisos, no fue aspirante a medallas fuera de nuestras fronteras. Su caso se ha convertido en el termómetro de la CELAD, porque la nandrolona es una sustancia muy conocida en el dopaje y un positivo no debería tener la complicación que han tenido en España, por ejemplo, los casos detectados con el uso del pasaporte biológico.

“Nos pareció lo más prudente no abrirlo mientras la Audiencia Nacional no resolviera el recurso de otro deportista que alegaba que su control era nulo porque solo lo había efectuado un agente de control cuando la ley exigía la presencia de dos. La Audiencia pronunció que debían ser dos y por esa razón mantuvimos sin abrir el de Chinedu y el de otra deportista, controles hechos con un solo agente”, señaló Terreros a El País.

En el diario ABC insistió en esa idea: “El proceso sobre si debía haber uno o dos agentes en los controles ya estaba en lo Contencioso y luego en la Audiencia Nacional. Y decidimos que los que se habían hecho con un agente no se abría el expediente a la espera de la resolución judicial”.

Pero las fechas del procedimiento que menciona Terreros no terminan de encajar. El caso del otro deportista que acabó en la Audiencia Nacional fue por una sanción de Antidopaje el 29 de agosto de 2019, mes y medio después del positivo de Chinedu. El Tribunal Administrativo del Deporte resolvió la reclamación de este segundo deportista el 29 de noviembre de 2019, cuatro meses y medio después del positivo de Chinedu. Solo después se pasó al pleito que menciona Terreros. Es decir, cuando se abrió el contencioso que cita Terreros como clave para ocultarlo, el positivo de Chinedu ya llevaba meses en un cajón. La sentencia que estableció que debe haber dos agentes y que menciona Terreros al hablar del caso Chinedu es del 20 de diciembre de 2021, dos años y medio después del positivo. Este diario intentó el martes, sin éxito, obtener la versión de Terreros.

El director de la Agencia, en el cargo desde 2017, ha añadido que haber abierto expediente a Chinedu podría rozar el delito. “Si le hubiésemos sancionado, podríamos haber sido acusados de prevaricación por dictar una resolución a sabiendas de que podía ser injusta. La ley nos ordena que, si hay un procedimiento administrativo afectado por un proceso judicial, hay que suspenderlo. Si lo abrimos, igual se hubiese ido de rositas al haber una anomalía en la toma de muestras. El proceso se archiva para que pudiese ser sancionado después”, declaró a As. Su argumento es que legalmente hay diez años para abrir un expediente.

Hay precedentes similares porque una deportista denunció al número dos de la CELAD en un juzgado de Madrid por abrirle expediente con un solo agente. La Fiscalía ha apoyado el archivo de la causa. Independientemente de cómo acabe ese procedimiento, el escrito del Ministerio Público que apoya las tesis de la CELAD en el juzgado contradice el argumento que ha usado públicamente Terreros para defenderse en el caso de Chinedu.

Según su escrito, abrir un expediente a un deportista que da positivo en un control antidopaje no es algo optativo. Antidopaje, explica el fiscal del caso, “venía obligado por imperativo legal a incoar el expediente sancionador, al recibir comunicación del laboratorio sobre la presunta existencia de sustancias dopantes tras analizarse la muestra de orina”. Y deja claro que no puede depender del número de agentes presentes: “Y todo ello, con independencia del número de agentes de control que hubiera en la toma de muestras”.

La Fiscalía insiste en que en ninguna ley está escrito “que un defecto de forma conlleve automáticamente el archivo del expediente administrativo por nulidad del mismo sin perjuicio de lo que resulte en la tramitación del mismo y en la posterior revisión que se pueda realizar en vía administrativa o en contencioso-administrativa”. También defendió la actuación de la CELAD en otro caso en el que la Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado juzgar por falsedad al número dos del organismo acusado de alterar un formulario de control, como adelantó ABC.

Esa defensa se basa en que la CELAD debía expedientar en controles realizados con un solo agente. Sin embargo, a la Fiscalía llega ahora, y remitido por los superiores de Terreros, al menos un caso con el supuesto contrario: un positivo con un solo agente y guardado en un cajón. La CELAD solo abrió expediente a Chinedu en noviembre tras la imposición del Ministerio de Educación. 

Advertencias de la Agencia Mundial

Las diversas irregularidades destapadas por elDiario.es y otros medios como Relevo en torno a la gestión de diversos positivos de deportistas han traspasado las fronteras españolas para llegar hasta los organismos internacionales antidopaje. La Agencia Mundial Antidopaje (WADA en sus siglas en inglés) ha llegado a emitir varias comunicaciones mostrando su preocupación por este asunto y alertando a España, incluso, sobre posibles sanciones.

Los avisos de los organismos internacionales responsables de la lucha contra el dopaje llegan en un momento especialmente delicado para el deporte español: a poco más de medio año de los próximos Juegos Olímpicos, que se celebrarán este verano en París.

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