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Minuto a Minuto MINUTO POLÍTICO | El Gobierno aprueba la ley de libertad sexual

La ley de libertad sexual lleva el 'solo sí es sí' al Código Penal: sin “voluntad expresa” de la víctima no hay consentimiento

09:17 h, 3 de marzo de 2020

La Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, cuyo anteproyecto será aprobado por el Consejo de Ministros este martes, incluye una referencia explícita a cómo debe entenderse el consentimiento en un acto sexual, según fuentes del Ministerio de Igualdad. Es decir, el ya clásico 'solo sí es sí' aparece en el articulado de la reforma del Código Penal de la norma, que entiende que no hay consentimiento cuando la víctima “no haya manifestado libremente por actos exteriores concluyentes e inequívocos, conforme a las circunstancias concurrentes, su voluntad expresa de participar en el acto”.

El objetivo de la parte penal del texto es adaptarse al Convenio de Estambul, que obliga a que la regulación de los delitos sexuales se haga en base al consentimiento y no a otros elementos. Actualmente, para que haya agresión sexual se requiere violencia e intimidación, mientras que si no se dan estos requisitos, el hecho es considerado abuso. La ley termina con esta diferencia, de forma que todo acto sin consentimiento, será considerado agresión sexual.

Lo cuenta Marta Borraz.

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