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Los tribunales cierran la puerta a las reclamaciones de Baltasar Garzón
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Los tribunales españoles cierran la puerta a las reclamaciones de Baltasar Garzón contra su condena

Alberto Pozas

23 de agosto de 2026 20:56 h

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La lucha de Baltasar Garzón por anular o neutralizar los efectos de su condena por prevaricación se ha encontrado con un portazo de todos los tribunales y organismos a los que ha acudido en España. Desde el Tribunal Supremo hasta la Audiencia Nacional, pasando por el Consejo General del Poder Judicial, el exmagistrado ha esgrimido sin éxito el dictamen de un comité de Naciones Unidas que estableció ya en 2021 que fue inhabilitado y expulsado de la judicatura por un proceso “arbitrario” que merecía una reparación que, por ahora, no llega. El entorno del hoy abogado no descarta presentar nuevas reclamaciones, pero por ahora el dictamen favorable llegado desde Ginebra no han tenido ningún efecto sobre su situación.

Garzón llevaba dos décadas como juez de instrucción en la Audiencia Nacional cuando se hizo cargo del caso Gürtel. Una causa que arrancó con la confesión y las grabaciones de un concejal del Partido Popular, que se tradujo en una docena de piezas y cuyas sentencias contra el PP y sus miembros llegaron a provocar un cambio de Gobierno. Pero para entonces el magistrado jienense ya había tenido en sus manos causas de máxima relevancia contra el narcotráfico como las operaciones Nécora y Pitón, contra el terrorismo de Estado de los GAL y contra crímenes internacionales con Adolfo Scilingo o Augusto Pinochet.

Hasta entonces, sus actuaciones más cuestionadas habían estado relacionadas con el terrorismo y la no investigación de torturas a presos, que se tradujo en una condena para España a manos del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo en 2004. Pero los focos penales se posaron sobre él cuando empezó a desentrañar la madeja corrupta de Gürtel que convivía en simbiosis con el Partido Popular en las administraciones donde gobernaba. Las querellas empezaron a llegar contra él mucho antes de que se pusiera a investigar el entramado, pero las que le llevaron al banquillo surgieron después del estallido del caso.

Fue juzgado y absuelto por abrir una causa penal para investigar los crímenes del franquismo. Un “exceso”, reconoció el Supremo, pero no un delito de prevaricación. No llegó ni a ser imputado por los cursos que dio en la Universidad de Nueva York. Pero la tercera causa, la que tenía relación directa con el caso Gürtel, fue la que terminó con su carrera como juez.

En esa ocasión fue el abogado y antiguo fiscal de la Audiencia Nacional Ignacio Peláez el que abrió fuego. Y esta vez, directamente relacionado con su gestión del caso Gürtel: las escuchas ilegales a algunos acusados y sus abogados mientras estaban presos en Soto del Real. La Policía había advertido al juez de que algunos imputados seguían delinquiendo desde la cárcel y su “enlace” con el exterior eran algunos abogados. La orden de Garzón, según dejó por escrito en un auto poco después del estallido de la operación, fue intervenir las comunicaciones de Francisco Correa y dos de sus socios en la cárcel con sus abogados Manuel Delgado y José Antonio López Rubal.

El Supremo decidió que Garzón había incurrido en un delito de prevaricación y le impuso 11 años de inhabilitación. La decisión de pinchar sus comunicaciones con sus abogados fue “injusta” porque restringió su derecho de defensa “arbitrariamente” y “sin razón alguna que pudiera resultar mínimamente aceptable”. El tiempo pasó y esos dos abogados fueron procesados por maniobrar para encubrir a Francisco Correa y su grupo de delincuentes. Delgado falleció antes de que se pudiera celebrar el juicio y López Rubal fue uno de los pocos imputados que no llegó a un acuerdo con la Fiscalía en el último juicio del caso Gürtel, celebrado a finales del año pasado y todavía pendiente de sentencia, en el que está acusado efectivamente de intentar proteger el entramado empresarial de Correa tras el estallido de la operación.

El Constitucional, Estrasburgo y la ONU

La condena de Baltasar Garzón implicó su salida de la judicatura y la pérdida de su condición de magistrado, firmada por el Consejo General del Poder Judicial, llegó poco después. Los recursos del ya exmagistrado no prosperaron ni ante el Tribunal Constitucional, que le denegó el amparo a finales de 2012, ni tampoco en Estrasburgo, donde el TEDH rechazó sus alegaciones unos años después sin entrar al fondo del asunto. El exjuez emprendió entonces una nueva batalla, esta vez ante un organismo diferente: el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, que estableció en 2021 que Garzón no se enfrentó a un proceso justo ni cuando fue condenado por las escuchas de la Gürtel ni cuando fue absuelto tras intentar investigar los crímenes de la dictadura.

Los efectos prácticos de una sentencia o un dictamen internacional en la Justicia española lleva años siendo objeto de debate. Una resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) o del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) debe ser acatada por los tribunales nacionales. Por ejemplo, cuando Estrasburgo tumbó la doctrina Parot y los jueces tuvieron que adelantar la puesta en libertad de presos etarras pero también, por ejemplo, delincuentes sexuales. O cuando el TJUE dictó sentencia sobre las cláusulas abusivas y el terremoto judicial llevó a la creación de juzgados especializados por todo el país. Pero las decisiones de organismos como un Comité dependiente de la ONU siempre han tenido una implantación compleja en España.

En el caso del dictamen favorable a Baltasar Garzón, ningún tribunal u organismo español ha decidido otorgarle un valor práctico real en los diversos frentes legales abiertos por los abogados del exmagistrado, cuya condena quedó completamente cumplida a finales de 2021. Acudió a la Audiencia Nacional con una reclamación de compensación y eliminación de antecedentes penales que, además, obtuvo el apoyo de la Fiscalía, pero se encontró con el portazo de los jueces en noviembre de 2025.

“Los dictámenes no tienen carácter vinculante ni ejecutivo, ni puede esta Sala exigir al Ministerio de Justicia la implementación del dictamen”, dijeron los magistrados de lo contencioso en una sentencia ya recurrida ante el Tribunal Supremo. Además, Garzón, según la Audiencia Nacional, tardó más de un año en reclamar tras recibir el dictamen de la ONU y lo hizo, por tanto, fuera de plazo.

También se encontró recientemente con otra negativa, esta del Tribunal Supremo heredada del Consejo General del Poder Judicial. Los jueces respaldaron la negativa del órgano de gobierno de los jueces a revisar todos los acuerdos posteriores a su condena que, en la práctica, le dejaron fuera de la magistratura. El Supremo no solo restó valor ejecutivo al dictamen del Comité de Naciones Unidas, sino que deslizó que no fue correctamente tramitado por “conocer el fondo del asunto” en paralelo al TEDH, que falló en sentido contrario.

Todas las respuestas a las reclamaciones de Baltasar Garzón, por tanto, se han encontrado por ahora con la negativa de jueces y organismos españoles, aunque fuentes de su entorno no descartan poner en marcha nuevas acciones de reclamación para que el dictamen del Comité de la ONU cause algún tipo de efecto un lustro después de haber cumplido íntegra su condena por prevaricación.