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El Supremo rechaza revisar la condena del etarra Atristain después de que Europa le haya dado la razón
El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de Xabier Atristain, condenado a 17 años de cárcel por pertenecer a ETA, de revisar su caso después de que el Tribunal de Estrasburgo haya considerado que España vulneró sus derechos al negarle la asistencia de un abogado mientras estaba incomunicado y en prisión preventiva en octubre de 2010.
La decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos fue tomada en enero de este año y el último recurso de España fue rechazado a principios del pasado mes de mayo. Atristain reclamó al Tribunal Supremo para que revisara su condena después de esta resolución de los tribunales europeos.
La respuesta del Tribunal Supremo es que esa vulneración de su derecho por negarle un abogado cuando fue detenido no implica la anulación de su condena por pertenecer a ETA. Entiende la sala de lo penal que, por ejemplo, los investigadores podrían haber llegado a los explosivos de la banda terrorista incluso sin su declaración prestada sin abogado, basándose en otras pruebas. “La convicción sobre la existencia de los explosivos y armas se asienta en otras fuentes de prueba distintas de la confesión”, dice la sala de lo penal.
El Supremo sale en defensa del papel de España tras esta sentencia de Estrasburgo, que según dicen “no cuestiona ni la legislación vigente en España, ni el régimen de incomunicación de una persona detenida en los supuestos de delincuencia terrorista, siempre que se haga bajo la supervisión de un juez”.
Informa Alberto Pozas.