Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
El PSOE convierte su Comité Federal en un acto de aclamación a Pedro Sánchez
Las generaciones sin 'colchón' inmobiliario ni ahorros
Opinión - El extraño regreso de unas manos muy sucias. Por Pere Rusiñol
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia EFE

Esta información es un teletipo de la Agencia EFE y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

Montero defiende ajustar los recargos por pagar impuestos después de plazo

EFE

Madrid —

0

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha defendido hoy la propuesta del Gobierno de ajustar los recargos por pagar los impuestos una vez vencido el plazo al tiempo transcurrido, algo que ha considerado “lógico”, en una entrevista en La Sexta.

El anteproyecto de ley de prevención y lucha contra el fraude aprobado la pasada semana establece que el recargo por abonar los impuestos fuera de plazo será creciente, a razón de un 1 % por cada mes transcurrido, hasta que, pasado el año, para a ser del 15 % más intereses de demora.

Actualmente, el recargo para los tres primeros meses es del 5 %; entre tres y seis meses, el 10 %, y entre seis y doce meses, el 15 %, mientras que a partir del año es del 20 % más intereses de demora.

“No es lo mismo pagar al día siguiente (del plazo) que dentro de dos años”, ha considerado la ministra, “parece lógico que haya todo un recorrido”.

Entre las medidas recogidas en el anteproyecto también figura que los fondos y sociedades de inversión cotizados (ETF, por sus siglas en inglés) que coticen en el extranjero tengan el mismo tratamiento que los que lo hagan en la bolsa española, es decir, que no pueden disfrutar del régimen de diferimiento o no tributación por el traspaso entre participaciones.

También plantea, en lo que afecta a los impuestos de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, sucesiones y donaciones y patrimonio, la sustitución de valor real por valor, un concepto equiparable al valor de mercado, que para inmuebles será, salvo prueba contraria, el recogido en el Catastro.

En cuanto a la lista de morosos, entre otras cuestiones, permite a quienes abonen la deuda durante el plazo de alegaciones evitar figurar en la lista que finalmente se publique.

Etiquetas
stats