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Confirman 22 años a un maltratador cuya expareja fue liberada por los GEO delante de sus hijos

Detalle de la fachada del Tribunal Supremo en Madrid. EFE/Javier Lizón
16 de mayo de 2022 10:23 h

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El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de 22 años y ocho meses de prisión a un hombre que mantuvo a su expareja con sus dos hijos cinco horas retenidos en su piso de Leganés mientras la maltrataba, la amenazaba de muerte y la intentaba acuchillar, hasta que fue liberada por los GEO.

La Sala de lo Penal del alto tribunal ha dictado una sentencia en la que desestima el recurso de casación del condenado contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que ratificó aquella de la Audiencia de Madrid.

La sentencia de primera instancia le condenó a 22 años y 8 meses de prisión por dos delitos de amenazas graves, otro de lesiones, tres de detención ilegal y un delito leve de daños.

Además, le impuso una indemnización a la mujer de 19.551 euros, fijo un cumplimiento máximo de condena de 17 años en prisión y estableció que tras cumplir las tres cuartas partes de la condena o una vez acceda al tercer grado, se le expulsará del país con prohibición de regresar a España en un plazo de 10 años, el único aspecto modificado por el TSJ de Madrid, que revocó.

El acusado y su expareja iniciaron una relación sentimental en marzo de 2018 cuando ella le alquiló una habitación en su casa de Leganés donde vivía con sus dos hijos, si bien la relación terminó en junio de 2019, de manera que el acusado abandonó el domicilio.

Unos meses después, el 14 de octubre de 2019, el acusado irrumpió alrededor de las 07.00 en el edificio y abordó con un cuchillo y una pistola a la mujer y a su pareja en la puerta del ascensor y les dijo que les iba a matar.

Inmediatamente cogió del pelo a la mujer y lanzó una cuchillada a la pareja que intervino para evitar que se llevara a la mujer, y que pudo esquivar, aunque enseguida salió del lugar.

Acto seguido, el condenado metió a la mujer en casa, tirando de ella, cerró la puerta y la bloqueó con un mueble sabiendo que los niños se encontraban dentro de la vivienda.

Una vez dentro, comenzó a tirarle cuchilladas que ellas paraba con los brazos y mientras esto sucedía, los niños salieron de sus habitaciones al ruido de los gritos.

A uno de ellos le dijo que llamara a su tío para decirle que tenía a su hermana y que la iba a matar, mostrando el estado que ella tenía en ese momento.

La violencia no cesaba. Tirones de pelo, patadas, pisotones hasta que la llevó al dormitorio donde trató de acuchillarla de nuevo, mientras los niños estaban encerrados en el baño y salían de vez en cuando a pedirle al acusado que parase de hacer daño a su madre, aunque enseguida regresaban porque el condenado les apuntaba con la pistola para que así lo hiciesen.

Cuando llegaron los agentes, el acusado, lejos de soltar a las personas, se llevó a la mujer a la terraza donde la conminó a quitarse los pantalones, diciéndole “si has follado con el otro, también vas a follar conmigo”, metiendo la mano de ella por el interior de su bañador. Justo ahí, uno de los niños salió del baño para decirle a su madre que no le dijera al acusado que no a nada.

Más tarde, la Policía accedió a la vivienda y allí encontró al acusado atrincherado detrás del cuerpo de la víctima, la cual se encontraba de rodillas delante de él, pero con la espalda vuelta hacia los agentes, colocándole el cuchillo en el cuello y apuntándola con la pistola en la cabeza, con la que en alguna ocasión la golpeó levemente, diciéndole en diversas ocasiones que la iba a matar, que él no tenía ya nada que perder.

Esta situación se prolongó hasta el mediodía y justo cuando empezó a llover, la mujer se dejó caer al suelo y un miembro de los GEO aprovechó una distracción del acusado para dispararle con una pistola taser una descarga que logró inmovilizarle y detenerle.

El condenado alegó ante el Supremo la eximente de drogadicción pero los informes periciales lo descartan e incluso la mujer dijo que cuando convivían él solo tomaba té, del mismo modo que el Supremo rechaza la argumentación de que él no sabía nada de que estaban los niños ni actuó contra ellos ya que “la privación de libertad fue ejecutada con conocimiento y voluntad”.

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