¿Más límites al 'true crime'? Los problemas para regular el género de moda sin atacar la libertad de expresión

Oriol Solé Altimira

Barcelona —
5 de octubre de 2025 22:29 h

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El true crime ha pasado de género de nicho a fenómeno popular. Su imparable expansión ha ido acompañada de ejemplos de malas praxis, con documentales o libros que reconstruyen asesinatos mediáticos del pasado sin avisar a los familiares de las víctimas. Sin apenas discusión deontológica dentro del gremio periodístico, el debate se trasladó a los juzgados y ahora llega al Congreso con una proposición no de ley de ERC para poner límites a este género. La iniciativa, a juicio de algunos expertos, muestra la dificultad para regular más el true crime sin vulnerar la libertad de expresión blindada por la Constitución.

“No todo vale para hacer negocio, porque, además de un producto audiovisual, editorial o periodístico, en el true crime hay negocio”, expone la diputada de ERC Pilar Vallugera, que firma la proposición no de ley que la comisión de Igualdad del Congreso debatirá este martes para reclamar al Gobierno más límites a este género.

A la espera de saber si recaba los apoyos del resto de grupos, la iniciativa de ERC insta al Gobierno a impulsar los cambios legales necesarios para “impedir la producción y difusión” del contenido audiovisual “que atente contra los derechos al honor, la dignidad y la intimidad de las víctimas” siempre que no exista su consentimiento previo. También propone prohibir la participación en los true crime de las personas condenadas por este tipo de delitos salvo autorización de la familia de las víctimas, en línea con la propuesta del Ejecutivo para los delitos de violencia vicaria

Para el profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla Víctor Vázquez, la propuesta de los republicanos es inviable. Fijar como condición de publicación el permiso de un familiar, explica el docente, equivaldría a la vuelta de la censura previa, proscrita en el ordenamiento con la recuperación de la democracia. “Es insostenible constitucionalmente”, zanja.

El abogado Roger Dedeu, especialista en derecho cultural y presidente de la fundación Gabeiras, lamenta la “colisión” con la libertad de expresión que suponen tanto la regulación que propone ERC como la que impulsa el Gobierno para la violencia vicaria. “La Constitución del 1978, en su artículo 20, fue de las primeras del mundo en singularizar la creación artística, y ponerla al mismo nivel que la libertad de prensa y de cátedra como parte de la libertad de expresión”, recuerda.

Vallugera defiende que la medida es perfectamente legal: “No hay censura, hay un derecho de las víctimas a que su vida no sea objeto de negocio y revictimización años después de los crímenes”. La diputada pone como ejemplo el caso del libro El Odio, que se iba a publicar sin advertir a la madre de los niños asesinados por José Bretón, o la petición pública de la madre del menor asesinado por Ana Julia Quezada para frenar un documental sobre el crimen.

“Es bastante indiscutible que algunos de estos productos han ido demasiado lejos”, incide la diputada, que pide “diferenciar” entre los true crime “de interés público”, como los crímenes de la montaña de Tor, y los casos “en los que, más allá de su trascendencia pública, se saltan todas las barreras de la intimidad y el honor de las víctimas y se jalean los peores instintos humanos para teñirlo todo de negatividad y pesimismo”.

Vázquez recalca la importancia de distinguir entre el plano ético y el legal: “Una cosa es un true crime que no responde a un estándar deontológico o el debate sobre la responsabilidad editorial, y otra el reportaje que pueda ser contestado judicialmente”.

“Hay que ir caso por caso, pero la criminalización general de los contenidos del true crime no es demasiado recomendable”, advierte Dedeu, para quien “el ánimo de estos productos no es machacar a las víctimas, sino hablar de algo que ha pasado y es público”. “Este tipo de prohibiciones, cuando el hecho ya se ha producido, difícilmente reparan algo”, apostilla.

El abogado recuerda la “regla de la ponderación” en la que se asienta la doctrina del Tribunal Constitucional para resolver los conflictos entre el derecho al honor, la intimidad y la propia imagen de las víctimas y la libertad de expresión. “Generalmente se considera más importante que la gente conozca unos hechos que son de interés público”, indica Dedeu. “En todo crimen, cuando el derecho penal actúa y lo investiga, juzga y sentencia, es porque hay interés y relevancia públicas”, incide Vázquez.

Las víctimas, recuerdan tanto Vázquez como Dedeu, ya se encuentran protegidas por la legislación sobre derecho al honor. El abogado Dedeu incluso cree que, en el caso de El Odio, se hubiera podido analizar si, más que al honor de los niños asesinados, el libro vulneraba la prohibición de comunicación con la madre que estableció la sentencia del caso.

“Los familiares tienen un derecho constitucional a proteger la memoria de sus allegados, pero no es absoluto y su intensidad desciende conforme pasa el tiempo”, asevera Vázquez. Respecto a los condenados por los crímenes, el profesor de Derecho Constitucional recuerda que también tienen libertad de expresión. “Hablar o no con ellos es una decisión moral de quien elabora un true crime”, agrega, y recuerda además documentos audiovisuales que se han hecho con presos como los reportajes de Jesús Quintero.

Si el true crime sigue la teoría de un reportaje neutral y la cronología judicial de los hechos, difícilmente se puede considerar que atente contra el honor de las víctimas salvo si aporta alguna novedad en forma de imagen íntima, advierte Vázquez. “Otra cosa es cuando el pacto de ficción no está claro”, agrega el profesor, en referencia al género de la autoficción, muy popular en Francia y que le valió una condena a la conocida escritora como Marguerite Duras por fabular en un artículo sobre la culpabilidad de la madre de un niño asesinado.

En España, indica Dedeu, el caso más equiparable fue lo ocurrido con Fariña: mientras la novela tuvo el respaldo de la Justicia por basarse en una investigación legal y exhaustiva de los hechos, su salto a la gran pantalla sí obtuvo un reproche legal por una escena de sexo incluida en la serie que los jueces no consideraron justificada por “la libertad creativa innegable de los creadores y productores de la serie”.

Vallugera remarca que su propuesta no pasa por limitar la cobertura de los crímenes actuales que se están investigando o juzgando, sino que está pensada por los true crime “que 20 años después sirven a algunos para lucrarse, pero revictimizando a las víctimas”. Dedeu, en este sentido, considera que una prohibición de un producto audiovisual sobre un crimen ocurrido hace tiempo no impediría a cualquier persona a buscar en Internet datos o información al respecto.